ILMO. SR.: NO HABIENDOSE CONCLUIDO LA REALIZACION DE LAS OBRAS NECESARIAS DE ADAPTACION PARA SEDE DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE ARENYS DE MAR (BARCELONA), CREADO POR REAL DECRETO 926/1987, DE 26 DE JUNIO, Y COMO QUIERA QUE EN EL MISMO SE FACULTA AL MINISTERIO DE JUSTICIA PARA ADOPTAR, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA, CUANTAS MEDIDAS EXIJA SU EJECUCION, Y ESPECIALMENTE PARA FIJAR LA FECHA DE INICIACION DE LAS ACTIVIDADES DE LOS ORGANOS JURISDICCIONALES CREADOS POR DICHO REAL DECRETO, ESTE MINISTERIO, PREVIO INFORME DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL, HA TENIDO A BIEN DISPONER:
SE DEJA SIN EFECTO LA FECHA DE 1 DE NOVIEMBRE DE 1987 COMO INICIO DE LAS ACTIVIDADES DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE ARENYS DE MAR.
LO QUE DIGO A V.I.
PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 30 DE OCTUBRE DE 1987.
LEDESMA BARTRET
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.
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