El Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, sobre traspaso de servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Fundaciones y Asociaciones Culturales, libros y bibliotecas, cinematografía, música y teatro, juventud y promoción sociocultural, patrimonio histórico-artístico y deportes, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, tomado en su reunión del día 25 de septiembre de 1980, por el que se concretaban los servicios e instituciones, y los medios materiales y personales que debían ser objeto de traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco en las materias anteriormente enumeradas.
Finalizado el trámite de expropiación forzosa por el Estado a través de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos y afectado al Ministerio de Cultura del inmueble Casa Basozábal, monumento histórico-artístico, procede completar dicho anexo.
En consecuencia la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, en sesión celebrada el día 17 de junio de 1987, acordó el traspaso del inmueble que se detalla en el anexo que acompaña al presente Real Decreto.
En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de octubre de 1987,
DISPONGO:
Se amplía el inventario de bienes inmuebles traspasados a la Comunidad Autónoma del País Vasco en virtud del Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre, con la inclusión del inmueble que figura en el anexo a este Real Decreto, de conformidad con el acuerdo adoptado en su sesión del día 17 de junio de 1987 por la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
Queda traspasado a la Comunidad Autónoma del País Vasco el inmueble de referencia.
Este Real Decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del País Vasco», adquiriendo vigencia el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 2 de octubre de 1987.
JUAN CARLOS R.
El Ministro para las Administraciones Públicas,
JOAQUÍN ALMUNIA AMANN
Don Juan Soler Ferrer y don Iñaki Goikoetxeta González, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para el País Vasco,
CERTIFICAN:
Que en el Pleno de la Comisión Mixta celebrado el día 17 de junio de 1987, se adoptó el siguiente Acuerdo:
Se traspasa a la Comunidad Autónoma del País Vasco el inmueble denominado casa palacio «Basozábal» (monumento histórico-artístico), sito en la localidad de Azpeitia, calle Emparán, número 12, situación jurídica propiedad del Estado, con una superficie total de 625,06 metros cuadrados, de la cual 368,26 metros cuadrados corresponden a terreno solar y la diferencia (256,80 metros cuadrados) a huerta, quedando ampliado así el inventario de bienes inmuebles traspasados a la citada Comunidad Autónoma, en virtud del Real Decreto 3069/1980, de 26 de septiembre.
La efectividad del presente traspaso será la de publicación del Real Decreto aprobatorio del presente Acuerdo.
Y para que conste, expedimos la presente certificación en Madrid a 17 de junio de 1987.—Los Secretarios de la Comisión Mixta, Juan Soler Ferrer e Iñaki Goikoetxeta González.
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