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Documento BOE-A-1987-21337

Orden de 3 de septiembre de 1987 por la que se modifican las Ordenes de 22 de marzo de 1975 y de 11 de septiembre de 1976, en los apartados relativos al Curso de Orientación Universitaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 1987, páginas 27702 a 27703 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1987-21337
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/09/03/(3)

TEXTO ORIGINAL

EL CURSO DE ORIENTACION UNIVERSITARIA CONSTITUYE LA VIA DE ACCESO NORMAL DE LOS ALUMNOS A LOS ESTUDIOS SUPERIORES Y TIENE, POR ELLO, COMO OBJETIVOS ESPECIFICOS LA PROFUNDIZACION DE SU FORMACION EN LAS CIENCIAS BASICAS Y SU ORIENTACION PARA UNA MAS ADECUADA ELECCION DE CARRERAS Y PROFESIONES.

ESTE CARACTER ORIENTADOR HA VENIDO EXIGIENDO CONTINUAS MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA Y CONTENIDOS DEL PLAN DE ESTUDIOS DESDE SU PRIMERA REGULACION, HECHA EN LA ORDEN DE 13 DE JULIO DE 1971 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL DIA 20), ESTANDO ACTUALMENTE EN VIGOR EL PLAN APROBADO POR LA ORDEN DE 22 DE MARZO DE 1975 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL DIA 18 DE ABRIL), MODIFICADA, A SU VEZ, POR LA DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1976 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL DIA 22) Y POR LA DE 13 DE JULIO DE 1978 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL DIA 31).

LA LEY 30/1974, DE 24 DE JULIO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL DIA 16), ESTABLECIO LAS PRUEBAS DE APTITUD PARA EL ACCESO A LAS FACULTADES, ESCUELAS TECNICAS SUPERIORES, COLEGIOS UNIVERSITARIOS Y ESCUELAS UNIVERSITARIAS, DETERMINANDO QUE LAS MISMAS DEBERIAN VERSAR SOBRE LAS MATERIAS COMUNES Y OPTATIVAS DEL PLAN DE ESTUDIOS DEL CURSO DE ORIENTACION UNIVERSITARIA.

LA EXPERIENCIA DE LOS AÑOS QUE EL ACTUAL PLAN DE ESTUDIOS LLEVA IMPLANTADO HA DEMOSTRADO QUE LAS DOS UNICAS OPCIONES EXISTENTES CONSTITUYEN UN MARCO DEMASIADO ESTRECHO, INCAPAZ DE OFRECER A LOS ALUMNOS UN ABANICO DE POSIBILIDADES DE ELECCION DE MATERIAS AJUSTADO A LOS VARIADOS TIPOS DE ESTUDIOS QUE OFRECE LA UNIVERSIDAD, CON ESCASA PROGRESION EN RELACION A LAS OPCIONES TOMADAS YA EN EL TERCER CURSO DE BACHILLERATO. RESULTA, POR ELLO, CONVENIENTE MODIFICAR LAS ACTUALES OPCIONES, DE MANERA QUE, SIN ALTERAR SUSTANCIALMENTE EL CONJUNTO DE MATERIAS QUE INTEGRAN EL PLAN DE ESTUDIOS, PUEDA ESTABLECERSE UN MEJOR ACOPLAMIENTO DE LAS PRUEBAS DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD CON LOS ESTUDIOS ULTERIORES QUE CADA ALUMNO DESEE SEGUIR.

POR TODO ELLO, EN VIRTUD DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL ARTICULO 34 DE LA LEY 14/1970, DE 4 DE AGOSTO, GENERAL DE EDUCACION Y FINANCIACION DE LA REFORMA EDUCATIVA Y EN EL DECRETO 1485/1971, DE 1 DE JULIO, ESTE MINISTERIO, PREVIO INFORME DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO, HA DISPUESTO:

PRIMERO. QUEDAN SIN EFECTO, A PARTIR DEL CURSO 1988-89 LOS APARTADOS 12 Y 13 DE LA ORDEN DE 22 DE MARZO DE 1975 Y EL APARTADO 5. DE LA ORDEN DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 1976.

SEGUNDO. DICHOS APARTADOS SERAN SUSTITUIDOS POR LOS SIGUIENTES:

UNO. EL CONTENIDO DEL CURSO COMPRENDERA UN NUCLEO DE MATERIAS COMUNES Y CUATRO OPCIONES. INCLUIRA, ASIMISMO, SEMINARIOS Y ACTIVIDADES CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR A LA FORMACION Y ORIENTACION ACADEMICA Y PROFESIONAL DE LOS ALUMNOS.

A LAS ENSEÑANZAS DE LAS MATERIAS COMUNES Y OPTATIVAS SE DESTINARA EL SIGUIENTE HORARIO:

1. MATERIAS COMUNES

<LENGUA ESPAÑOLA>: TRES HORAS SEMANALES.

<LENGUA EXTRANJERA>: TRES HORAS SEMANALES.

<FILOSOFIA> (HISTORIA DE LA FILOSOFIA): CUATRO HORAS SEMANALES.

2. MATERIAS OPTATIVAS

OPCION A (CIENTIFICO-TECNOLOGICA)

A) MATERIAS OBLIGATORIAS:

<MATEMATICAS I>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<FISICA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

B) MATERIAS OPTATIVAS:

<QUIMICA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<BIOLOGIA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<GEOLOGIA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<DIBUJO TECNICO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

OPCION B (BIOSANITARIA)

A) MATERIAS COMUNES:

<QUIMICA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<BIOLOGIA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

B) MATERIAS OPTATIVAS:

<MATEMATICAS>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<FISICA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<GEOLOGIA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<DIBUJO TECNICO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

OPCION A (CIENCIAS SOCIALES)

A) MATERIAS OBLIGATORIAS:

<MATEMATICAS II>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<HISTORIA DEL MUNDO CONTEMPORANEO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

B) MATERIAS OPTATIVAS:

<LITERATURA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<LATIN>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<GRIEGO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<HISTORIA DEL ARTE>: CUATRO HORAS SEMANALES.

OPCION D (HUMANISTICA-LINGUISTICA)

A) MATERIAS OBLIGATORIAS:

<LITERATURA>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<HISTORIA DEL MUNDO CONTEMPORANEO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

B) MATERIAS OPTATIVAS:

<LATIN>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<GRIEGO>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<HISTORIA DEL ARTE>: CUATRO HORAS SEMANALES.

<MATEMATICAS II>: CUATRO HORAS SEMANALES.

3. MATERIA VOLUNTARIA

SEGUNDO IDIOMA EXTRANJERO: TRES HORAS SEMANALES.

TENDRAN, ASIMISMO, CARACTER VOLUNTARIO PARA LOS ALUMNOS, LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS A LAS QUE, EN SU CASO, SE DESTINARAN, AL MENOS, DOS HORAS SEMANALES.

LOS HORARIOS SEÑALADOS COMPRENDEN TANTO LAS ENSEÑANZAS TEORICAS COMO LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES.

DOS. LOS CENTROS QUE IMPARTAN EL CURSO DE ORIENTACION UNIVERSITARIA QUEDAN OBLIGADOS A ESTABLECER ENSEÑANZAS DE TODAS LAS MATERIAS OPTATIVAS QUE SE RELACIONAN EN EL PUNTO 1 DE ESTE APARTADO.

CADA ALUMNO ELEGIRA UNA DE LAS CUATRO OPCIONES. CADA OPCION ESTARA CONSTITUIDA POR DOS MATERIAS OBLIGATORIAS, QUE HABRAN DE CURSAR NECESARIAMENTE TODOS LOS ALUMNOS QUE HAYAN EFECTUADO DICHA OPCION, Y CUATRO OPTATIVAS ENTRE LAS QUE DEBERAN ELEGIR DOS.

TERCERO. LAS MATEMATICAS II, CORRESPONDIENTES A LAS OPCIONES C Y D, TENDRAN UNOS CONTENIDOS Y ORIENTACIONES ESPECIFICOS, ADECUADOS A LA NATURALEZA DE DICHA OPCION, Y SE ESTABLECERAN POR LAS DIRECCIONES GENERALES DE RENOVACION PEDAGOGICA Y DE ENSEÑANZA SUPERIOR ANTES DEL COMIENZO DEL CURSO 1988-89. LAS MATEMATICAS I, CORRESPONDIENTES A LAS OPCIONES A Y B, TENDRAN LOS MISMOS CONTENIDOS Y ORIENTACIONES ESPECIFICAS QUE LOS ACTUALMENTE VIGENTES EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE COU.

CUARTO. LAS COMUNIDADES AUTONOMAS QUE, EN SU CASO, HAYAN SIDO AUTORIZADAS A INCLUIR EN EL PLAN DE ESTUDIOS DE ESTE CURSO ENSEÑANZAS DE LA LENGUA Y LITERATURA PROPIA, PODRAN INCORPORARLAS APLICANDO LOS MISMOS CRITERIOS UTILIZADOS ANTERIORMENTE.

QUINTO. SALVO LOS DOS APARTADOS DEJADOS SIN EFECTO EN EL APARTADO 1., MANTIENE TODA SU VIGENCIA LA ORDEN DE 22 DE MARZO DE 1975 ANTES REFERIDA, ASI COMO LAS DISPOSICIONES QUE LA COMPLEMENTAN O DESARROLLAN.

SEXTO. QUEDAN AUTORIZADAS LAS DIRECCIONES GENERALES DE RENOVACION PEDAGOGICA Y DE ENSEÑANZA SUPERIOR PARA DESARROLLAR LA PRESENTE ORDEN.

MADRID, 3 DE SEPTIEMBRE DE 1987.

MARAVALL HERRERO

ILMOS. SRES. DIRECTORES GENERALES DE RENOVACION PEDAGOGICA Y DE ENSEÑANZA SUPERIOR.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/09/1987
  • Fecha de publicación: 14/09/1987
Referencias anteriores
  • DEJA SIN EFECTO:
    • el apartado 5 de la Orden de 11 de septiembre de 1976 (Ref. BOE-A-1976-18097).
    • a partir del Curso 1988/89 los apartados 12 y 13 de la Orden de 22 de marzo de 1975 (Ref. BOE-A-1975-8175).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Curso de Orientación Universitaria

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