EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 21 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 998/1987, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION ADICIONAL 6.-3 DE LA LEY 5/1983, DE 29 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA, POR PODER INFRINGIR LOS ARTICULOS 9.3 Y 137.7 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 21 DE JULIO DE 1987. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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