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Documento BOE-A-1987-15580

Orden de 22 de junio de 1987 por la que se determina la composición de la Comisión Ministerial de Retribuciones del Ministerio de Cultura.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1987, páginas 20533 a 20533 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1987-15580
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/06/22/(2)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 2. DEL REAL DECRETO 469/1987, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE CREA EN CADA DEPARTAMENTO UNA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, HE DISPUESTO:

PRIMERO. LA COMISION DE RETRIBUCIONES DEL MINISTERIO DE CULTURA TENDRA LA COMPOSICION SIGUIENTE:

PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO.

VICEPRESIDENTE: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO.

VOCALES:

LOS DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO Y LOS DIRECTORES DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS ADSCRITOS AL MISMO, EL JEFE DEL GABINETE TECNICO DEL SUBSECRETARIO, EL INTERVENTOR DELEGADO DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA Y EL INSPECTOR GENERAL DE SERVICIOS.

SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.

SEGUNDO. BAJO LA DEPENDENCIA INMEDIATA DE LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES, SE CREA UNA COMISION EJECUTIVA CUYA COMPOSICION ES LA SIGUIENTE:

PRESIDENTE: EL SUBSECRETARIO.

VICEPRESIDENTE: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO.

VOCALES:

EL JEFE DEL GABINETE TECNICO DEL SUBSECRETARIO, EL INTERVENTOR DELEGADO, EL JEFE DE LA OFICINA PRESUPUESTARIA Y EL INSPECTOR GENERAL DE SERVICIOS.

SECRETARIO: EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PERSONAL.

A LAS REUNIONES DE LA COMISION EJECUTIVA PODRA ASISTIR UN REPRESENTANTE DESIGNADO POR EL CENTRO DIRECTIVO U ORGANISMO AUTONOMO CORRESPONDIENTE AL QUE AFECTE EL ASUNTO A TRATAR.

TERCERO. CORRESPONDE A LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) REMITIR A LA COMISION INTERMINISTERIAL DE RETRIBUCIONES Y A SU COMISION EJECUTIVA, LAS PROPUESTAS QUE DEBEN SOMETERSE A LA CONSIDERACION DE LAS MISMAS DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LOS APARTADOS 3 Y 4 DEL ARTICULO 1. DEL REAL DECRETO 469/1987, DE 3 DE ABRIL, Y RELATIVAS TANTO AL DEPARTAMENTO COMO A LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DEPENDIENTES DEL MISMO.

B) ESTUDIO Y APROBACION, EN SU CASO, DE LAS PROPUESTAS DE GRATIFICACION A PERSONAL FUNCIONARIO O LABORAL, ELABORADAS POR LOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO.

C) ELABORACION DE CRITERIOS GENERALES PARA LA APLICACION DEL COMPLEMENTO DE PRODUCTIVIDAD EN EL DEPARTAMENTO Y EN SUS ORGANISMOS AUTONOMOS.

CUARTO. LA COMISION MINISTERIAL DE RETRIBUCIONES PODRA DELEGAR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, CON CARACTER ORDINARIO, EN LA COMISION EJECUTIVA.

QUINTO. LOS VOCALES SERAN SUSTITUIDOS DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LAS NORMAS REGLAMENTARIAS CORRESPONDIENTES, O EN OTRO CASO, POR FUNCIONARIOS QUE DESEMPEÑEN PUESTOS DE TRABAJO CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECTOR GENERAL O ASIMILADO.

LA SUSTITUCION DEL INTERVENTOR DELEGADO CORRESPONDERA AL INTERVENTOR ADJUNTO Y LA DEL SECRETARIO A UN JEFE DE SERVICIO DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL.

SEXTO. LA PRESENTE DISPOSICION ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE COMUNICO A V. I. PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.

MADRID, 22 DE JUNIO DE 1987.SOLANA MADARIAGA ILMO. SR. SUBSECRETARIO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 22/06/1987
  • Fecha de publicación: 07/07/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 08/07/1987
  • Fecha de derogación: 04/01/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con lo previsto en el art. 2 del Real Decreto 469/1987, de 3 de abril (Ref. BOE-A-1987-8814).
Materias
  • Comisiones de Retribuciones
  • Ministerio de Cultura
  • Organización de la Administración del Estado
  • Subsecretaría del Ministerio de Cultura

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