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Documento BOE-A-1987-13863

Recurso de inconstitucionalidad número 744/1987, planteado por el Presidente del Gobierno, contra determinados preceptos de la Ley 1/1987, de 18 de febrero, del Parlamento de las Islas Baleares.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 13 de junio de 1987, páginas 17929 a 17929 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1987-13863

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 3 DE JUNIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 744/1987, PLANTEADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, CONTRA LOS ARTICULOS 2, B), Y 5, B), ASI COMO, POR CONEXION CON ELLOS, CONTRA LOS ARTICULOS 6.2, 8 Y 13 DE LA LEY 1/1987, DE 18 DE FEBRERO, DE SINDICATURA DE CUENTAS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES. Y SE HACE SABER QUE EN EL MENCIONADO RECURSO SE HA INVOCADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, QUE PRODUCE DESDE EL DIA 2 DE JUNIO DEL CORRIENTE, FECHA DE LA FORMALIZACION, LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DE LOS MENCIONADOS PRECEPTOS IMPUGNADOS DE LA LEY DEL PARLAMENTO DE LAS ISLAS BALEARES 1/1987, DE 18 DE FEBRERO.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.

MADRID, 3 DE JUNIO DE 1987. EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, FRANCISCO TOMAS Y VALIENTE.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 03/06/1987
  • Fecha de publicación: 13/06/1987
  • Suspende, desde el 2 de junio de 1987, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA:
    • su extinción, por desistimiento del recurrente, por Auto de 21 de marzo de 1991 (Ref. BOE-A-1991-7952).
    • el levantamiento de la suspensión de vigencia de los arts. 2.b), 5.b), 6.2, 8 y 13, por Auto de 27 de octubre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-24866).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con los arts. 2.b), 5.b), 6.2, 8 y 13 de la Ley 1/1987, de 18 de febrero (Ref. BOE-A-1987-9162).
Materias
  • Baleares
  • Comunidades Autónomas
  • Tribunal Constitucional

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