Está Vd. en

Documento BOE-A-1987-1094

Corrección de errores de la Orden de 1 de julio de 1986 por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de Semillas de Cereales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 17 de enero de 1987, páginas 1354 a 1354 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1987-1094
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/07/01/(6)/corrigendum/19870117

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 172, de fecha 19 de julio de 1986, páginas 26094 a 26099, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el punto IV, apartado b), tercero, párrafo quinto, línea primera, donde dice: «Análogamente se eliminarán las plantas en que aparezcan ataques de carbón...», debe decir: «Análogamente se eliminarán todas las plantas en que aparezcan ataques de carbón...».

En el punto IV, apartado b), cuarto, párrafo tercero, línea cuarta, donde dice: «de otras especies, otras variedades, híbridas naturales, mutaciones y, en general, cualquier planta de tipo dudoso...», debe decir: «de otras especies, otras variedades, híbridos naturales, mutaciones y, en general, cualquier planta de tipo dudoso...».

En el punto IV, apartado e), línea primera, donde dice: «e) Comunicaciones de los productores: En la declaración de cultivos ha de figurar imprescindiblemente:», debe decir: «e) Comunicaciones de los productores: 1.° Declaraciones de cultivos. En la declaración de cultivos ha de figurar imprescindiblemente:».

En el punto IV, apartado e), párrafo cuarto, línea primera, donde dice: «3.° Comunicaciones durante el ciclo de producción v preparación de la semilla...», debe decir: «2.° Comunicaciones durante el ciclo de producción y preparación de la semilla...». Asimismo, en el párrafo segundo, línea cuarta, donde dice: «Situación en almacenes y semilla a recoger en cada uno de ellos.», debe decir: «Situación de almacenes y semilla a recoger en cada uno de ellos.».

En el punto IV, apartado e), párrafo séptimo, línea primera, donde dice: «4.° Comunicaciones relativas a comercialización...», debe decir. «3.° Comunicaciones relativas a comercialización...».

A continuación del apartado VI, donde dice: «VIII Productores de semillas», debe decir «VII Productores de semillas».

En el punto VIII, «Comercialización», apartado a), línea tercera, donde dice: «deben figurar, como mínimo, los datos que exige el Reglamento General de Certificación.», debe decir: «deben figurar, como mínimo, los datos que exige el Reglamento General de Control y Certificación.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/01/1987
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden ARM/3368/2010, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20060).
  • Fecha de derogación: 31/12/2010
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 1 de julio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-19342).
Materias
  • Cereales
  • Plantas
  • Semillas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid