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Documento BOE-A-1986-9607

Orden de 20 de marzo de 1986 por la que se modifica el Estatuto de Personal del Instituto Nacional de Previsión en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 19 de abril de 1986, páginas 13986 a 13986 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1986-9607
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/03/20/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA SENTENCIA DE 9 DE MAYO DE 1984, DICTADA POR LA SALA CUARTA DEL TRIBUNAL SUPREMO, ESTIMA PARCIALMENTE EL RECURSO INTERPUESTO POR EL CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS OFICIALES DE TITULARES MERCANTILES DE ESPAÑA CONTRA LA ORDEN DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE 28 DE ABRIL DE 1978, APROBATORIA DEL ESTATUTO DE PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION, Y ORDENA A LA ADMINISTRACION QUE INCLUYA EN EL ARTICULO 18.3.I.1 Y EN LA DISPOSICION TRANSITORIA NOVENA, 1, A), DE DICHO ESTATUTO LA MENCION ESPECIFICA DEL TITULO DE PROFESOR MERCANTIL COMO APTO PARA ACCEDER A LAS ESCALAS DE INTERVENCION Y CONTABILIDAD Y DE INTERVENTORES DE EMPRESAS DEL CUERPO TECNICO Y EN EL ARTICULO 18.3.I.2 MENCION ESPECIFICA DEL TITULO DE PERITO MERCANTIL.

POR TODO ELLO, SE HACE PRECISO UNA NORMA QUE DE CABAL CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO EN DICHA SENTENCIA, ADAPTANDO LA ORDEN RECURRIDA A LO PRECEPTUADO EN LA MISMA, SI BIEN SIGNIFICANDO QUE LA PRESENTE ORDEN SE DICTA A LOS SOLOS EFECTOS QUE PUDIERAN HABERSE PRODUCIDO CON ANTERIORIDAD A LA DEROGACION DE LA ORDEN DE 28 DE ABRIL DE 1978 POR LO DISPUESTO EN LA ORDEN DE 4 DE JULIO DE EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO, PREVIO INFORME DE LA COMISION SUPERIOR DE PERSONAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION ADICIONAL DECIMOSEXTA, PUNTO QUINTO, DE LA LEY 30/1984, DE 2 DE AGOSTO, DE MEDIDAS PARA LA REFORMA DE LA FUNCION PUBLICA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO UNICO. LOS PUNTOS 1 Y 2 DEL ARTICULO 18.3.I DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE 28 DE ABRIL DE 1978 POR LA QUE SE APRUEBA EL ESTATUTO DE PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVISION, QUEDAN REDACTADOS DE LA SIGUIENTE MANERA:

1. CUERPO TECNICO EN SUS DIVERSAS ESCALAS: TITULO DE DOCTOR, LICENCIADO, INGENIERO O ARQUITECTO SUPERIOR Y LOS DECLARADOS O QUE SE DECLAREN EQUIVALENTES POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA. PARA LAS ESCALAS DE INTERVENCION Y CONTABILIDAD Y DE INTERVENTORES DE EMPRESA, TITULO DE PROFESOR MERCANTIL.

2. CUERPO ADMINISTRATIVO: TITULO DE BACHILLER UNIFICADO POLIVALENTE, FORMACION PROFESIONAL DE SEGUNDO GRADO, BACHILLER SUPERIOR Y LOS DECLARADOS O QUE SE DECLAREN EQUIVALENTES POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA Y PERITO MERCANTIL.

3. LA DISPOSICION TRANSITORIA NOVENA, 1, A), DE LA CITADA ORDEN QUEDA REDACTADA DE LA SIGUIENTE MANERA:

A) ESTAR EN POSESION DEL TITULO DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA SUPERIOR O DE ESCUELA TECNICA SUPERIOR. PARA LAS ESCALAS DE INTERVENCION Y CONTABILIDAD Y DE INTERVENTORES DE EMPRESA, TITULO DE PROFESOR MERCANTIL.

MADRID, 20 DE MARZO DE 1986.

ALMUNIA AMANN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 20/03/1986
  • Fecha de publicación: 19/04/1986
Referencias anteriores
  • DISPONE el cumplimiento de la Sentencia del TS de 9 de mayo de 1984, sobre Modificación de los Puntos 1 y 2 del art. 18.3.I de la Orden de 28 de abril de 1978 (Ref. BOE-A-1978-13946).
Materias
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de Previsión
  • Seguridad Social

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