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Documento BOE-A-1986-8890

Corrección de erratas de la Orden de 24 de marzo de 1986 por la que se aprueba la norma de calidad para las espinacas destinadas al mercado interior.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 1986, páginas 12613 a 12613 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1986-8890
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/03/24/(11)/corrigendum/19860410

TEXTO ORIGINAL

Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 78, de 1 de abril de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 11478, apartado 4.1, categoría «I» donde dice: «La longitud del peciolo de las espinacas en hojas no debe sobrepasar los 10 centímetros», debe decir: «La longitud del peciolo de las espinacas en hojas no debe sobrepasar 10 centímetros».

Página 11479, apartado 8.2 (segundo párrafo), donde dice: «... no admitiéndose, en ningún caso, el uso de impresiones o colores que puedan conducir a error», debe decir: «... no admitiéndose, en ningún caso, el uso de impresiones o colores que puedan inducir a error».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 10/04/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 774/2014, de 12 de septiembre (Ref. BOE-A-2014-9337).
  • Fecha de derogación: 14/09/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de erratas de la Orden de 24 de marzo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-8117).
Materias
  • Comercio
  • Normas de calidad
  • Productos hortícolas

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