EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 15 DE ENERO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 1.177/1985, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE PAMPLONA, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION ADICIONAL 6.3 DE LA LEY 5/1983, DE 29 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA, POR PODER FRINGIR LOS ARTICULOS 134.7, 9.3 Y 14, EN RELACION CON EL 33.3 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 15 DE ENERO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA, FIRMADO Y RUBRICADO.
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