Padecidos errores en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 313, de fecha 31 de diciembre de 1985, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En la página 40862, segunda columna, 3.2.3, sexta línea, donde dice: «siguiente al que corresponde la contratación de los derechos», debe decir: «siguiente al que corresponde la contracción de los derechos».
En la página 40863, primera columna, 6, segunda línea, donde dice: «artículo 10.2 de su Reglamento número 2891/1977, se entenderá», debe decir: «artículo 10.2 de su Reglamento número 2891/1977, se atenderá».
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