Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 92, de 17 de abril de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
En el artículo 4.° del Reglamento, página 13678, segunda columna, punto 1, clase C, donde dice: «... entren 3.550 KHz y 29.100 KHz, ...», debe decir. «... entre 3.550 KHz y 29.100 KHz, ...».
En el apartado 2, cuadro del anexo I, página 13682, epígrafe «subdivisión métrica correspondiente», última línea, donde dice: «.. ondas decimétricas ...», debe decir «... ondas decimilimétricas ...».
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