EL SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACIONAL, EN SU CALIDAD DE DEPOSITARIO DEL PROTOCOLO DE 1978 RELATIVO AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR (1974) HECHO EN LONDRES EL 17 DE FEBRERO DE 1978, PUBLICADO EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 4 DE MAYO DE 1981, COMUNICA LAS SIGUIENTES CORRECCIONES AL TEXTO ESPAÑOL DEL MISMO, SEGUN CONSTA EN LA CORRESPONDIENTE ACTA DE RATIFICACION:
CAPITULO I REGLA 14 D), LINEAS 2 Y 3: QUITAR <UN PUERTO DEL PAIS EN QUE ESTE MATRICULADO> Y PONER <UN BUQUE NO SE ENCUENTRA EN EL ESTADO CUYO PABELLON TENGA DERECHO A ENARBOLAR O EN EL PUERTO>.
LINEA 6: QUITAR <PAIS EN QUE ESTE MATRICULADO> Y PONER <ESTADO CUYO PABELLON TENGA DERECHO A ENARBOLAR>.
E), LINEA 4: QUITAR <PAIS EN QUE ESTE MATRICULADO> Y PONER <ESTADO CUYO PABELLON TENGA DERECHO A ENARBOLAR>.
LINEA 5: QUITAR <PAIS> Y PONER <ESTADO>.
CAPITULO II. 1 REGLA 2 K), LINEA 2: QUITAR <NECESARIOS MOVIMIENTOS DE TIMON>.
LINEA 3: DESPUES DE <GOBIERNO> PONER <LAS ORDENES DE MOVIMIENTO DE TIMON>.
LO QUE SE HACE PUBLICO PARA CONOCIMIENTO GENERAL.
MADRID, 17 DE NOVIEMBRE DE 1986. EL SECRETARIO GENERAL TECNICO, JOSE MANUEL PAZ Y AGUERAS.
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