Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 235, de fecha 1 de octubre de 1986, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 33565, segunda columna, disposición transitoria quinta, 1, séptima línea, donde dice: «los requisitos para el ramo de vida, más los que correspondan para»; debe decir: «los requeridos para el ramo de vida, más los que correspondan para».
En las mismas página y columna, disposición transitoria quinta 2, cuarta línea, donde dice: «restantes seguros, por otro, conferencia a los siguientes conceptos:»; debe decir: «restantes seguros, por otro, con referencia a los siguientes conceptos:».
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