Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1755/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las normas técnicas para el marcado de canales, despojos y productos cárnicos de ave, así como los Certificados de Inspección Veterinaria, para el comercio con los estados miembros de la Comunidad Económica Europea, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 207, de 29 de agosto de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Tercer párrafo preámbulo, donde dice: «a propueta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industrria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo ...», debe decir «a propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda, de Industria y Energía, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo ...».
En la página 30282, norma cuarta, donde dice: «La marca de salubridad 1 de la norma 2.ª ...», debe decir: «La marca de Inspección Veterinaria o de salubridad 1 de la norma 2.ª ...».
En la misma página norma séptima, punto 1.2, donde dice: «La marca de Inspección Veterinaria de los grandes embalajes únicamente se destruirán ...», debe decir «La marca de Inspección Veterinaria de los grandes embalajes únicamente se destruirá ...».
En la misma norma séptima, punto 1.4, donde dice: «dispondrá de un registrso en el que se inscribirá la cantidd ...», debe decir «dispondrá de un registro en el que se inscribirá la cantidad ...».
En la página 30283, anexo II, apartado IV,b), donde dice: «efectuada conforme a la Directiva del Consejo de 15 de febrero de 1971 », debe decir «efectuada conforme a la Directiva 71/118/CEE, de 15 de febrero de 1971 ...».
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