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Documento BOE-A-1986-2556

Corrección de errores de la Circular 931, de 29 de noviembre de 1985, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre valor en Aduana. Nuevas normas para la determinación de la base imponible.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 31 de enero de 1986, páginas 4253 a 4254 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-2556
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/1985/11/29/931/corrigendum/19860131

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la. mencionada Circular, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 298, de fecha 13 de diciembre de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 39310, columna 2.ª, apartado 5.1, párrafo a), línea 6.ª, dice: «No afectan ...», debe decir: «No afecten ...».

Página 39310, columna 2.ª, apartado 5.2, línea 20.ª, dice: «como vinculantes ...», debe decir: «como vinculadas ».

Página 39311, columna 1.ª, apartado 5.2.1, párrafo 2, línea 2.ª, dice: « (epígrafe V siguiente)», debe decir: « (epígrafe VI siguiente)».

Página 39311, columna 1.ª, apanado 5.2.1, párrafo 3, línea 3.ª, dice: « (epígrafe VI siguiente)», debe decir: « (epígrafe VII siguiente)».

Página 39312, columna 2.ª, epígrafe VII, apartado 1, línea 3.ª, dice: «de coste de producción», debe decir: «del coste de producción».

Página 39313, columna 2.ª, epígrafe VIII, apartado 4, párrafo a), línea 8.ª, dice: «similares importadas :..», debe decir: «idénticas importadas ...».

Página 39313, columna 2.ª, epígrafe VIII, apartado 4, párrafo b), línea 7ª, dice: «Se podría utilizar ...», debe decir: «Se podrían utilizar ...».

Página 39313, columna 2.ª, epígrafe IX, línea 11.ª, dice: «y del artículo VIII del ...», debe decir: «y del artículo VII del ...».

Página 39314, columna 1.ª, apartado 1.2, línea 4.ª, dice: «que tenía en ...», debe decir: «que tenían en ...».

Página 39314, columna 2.ª, apartado 1.2.5, línea 1.ª, dice: «Porcentaje de ...», debe decir: «Porcentajes de ...».

Página 39315, columna 1.ª, apartado 2.2.3, línea 1.ª, dice: «Porcentaje de ...», debe decir: «Porcentajes de ...».

Página 39315, columna 1.ª, apartado 2.2.3, línea 5.ª, dice: «... dos años, hasta ...», debe decir: «... dos años de uso, hasta ...».

Página 39315, columna 1.ª, apartado 2.2.3, línea 6.ª, dice: «... tres años, hasta ...», debe decir: «... tres años de uso, hasta ...».' Página 39315, columna 2.ª, apartado 4, párrafo 5.ª, línea dice: «ésta extendrá ...», debe decir: «ésta extenderá ...».

Página 39316, columna 2.ª, epígrafe XII, apartado 2, dice: «La declaración del valor en Aduana a que se refiere el apartado anterior es traducción literal de la que se utiliza en la Comunidad Económica Europea.», debe decir: «La declaración del valor en Aduana a que se refiere el apartado anterior es traducción literal de la que se utiliza en la Comunidad Económica Europea, ajustada al Tratado de Adhesión de 12 de junio de 1985».

Página 39320, apanado 14, párrafo d), línea 2.ª, dice: «.. planos y croquis, realizados fuera de la Comunidad ...», debe decir: «... planos y croquis, realizados fuera de España ...».

Página 39320, apartado 22, dice: «Derechos de aduanas y otros gravámenes a pagar en la Comunidad ...», debe decir: «Derechos de aduanas y otros gravámenes a pagar en España ...».

Página 39320, apartado 24, dice: «Valor declarado (A - B - C)», debe decir: «Valor declarado (A + B - C)».

Página 39321, columna 2.ª, apartado 9, líneas 7.ª y 8.ª, dice: «... cada uno en el ejercicio de su ejercicio de su mandato ...», debe decir: «... cada uno en el ejercicio de su mandato ...».

Página 39321, columna 2.ª, apartado 10, línea 2.ª, dice: «... del Comité de Valoración en Aduana ...», debe decir: «... del Comité Técnico de Valoración en Aduana ...».

Página 39323, columna 1.ª, epígrafe 1, línea 3.ª, dice: «Regalos muestras, ...», debe decir: «Regalos, muestras,...».

Página 39323, columna 1.ª, epígrafe II, párrafo 2.°, línea 2.ª, dice: «... lota de 50 alfombras ...», debe decir: «... lote de 50 alfombras ...».

Página 39323, columna 2.ª, opinión consultiva 3.1, líneas 3.ª y 4.ª, dice: «... del acuerdo derechos y gravámenes ...», debe decir: «... del acuerdo. Derechos y gravámenes ...».

Página 39324, columna 2.ª, párrafo 2.°, línea 3.ª, dice: «... tras su silución ...», debe decir: «... tras su dilución ...».

Página 39330, columna 1.ª, apartado 8, párrafo c), línea 3.ª, dice: «... momento de la tasación ...», debe decir: «... momento de la transacción ...».

Página 39332, columna 2.ª, apartado 12, línea 5.ª, dice: «"corrataje"», debe decir: «"corretaje"».

Página 39332, columna 2.ª, apartado 13, líneas 5.ª y 6.ª, dice: «... es el "corrataje" que consiste ...», debe decir: «es el "corretaje" que consiste ...».

Página 39333, columna 1.ª, epígrafe I, apartado B), 7, artículo 6, línea 2.ª, dice: «... ni se fabrican no se producen ...», debe decir: «... ni se fabrican ni se producen ...».

Página 39334, columna 1.ª, epígrafe III, apartado 12, A), párrafo b), línea 3.ª, dice: «... constituirá la pase para ...», debe decir: «... constituirá la base para ...».

Página 39340, columna 2.ª, «Valoración», línea 2.ª, dice: « -de vehículos de motor usados. Estudio. 1.1; NI art. 1.1, b).», debe decir: « -de vehículos de motor usados. Estudio 1.1.».

Página 39340, columna 2.ª, «Venta», línea 1.ª, dice: «Venta:», debe decir: «Venta. NI art. 1.1 b)».

Página 39341, columna 2.ª, a continuación del último Reglamento (CEE) número 3063/1982, de la Comisión, de 18 de noviembre, deberán relacionarse los siguientes:

«Reglamento (CEE) núm. 3158/1983, de la Comisión, de 9 de noviembre, relativo a la incidencia de los cánones y derechos de licencia sobre el valor en aduana.

Reglamento (CEE) núm. 3462/1983, de la Comisión, de 6 de diciembre, sobre la segunda modificación del Reglamento (CEE) núm. 1496/1980, referente a la declaración de los elementos para la determinación del valor en aduana y la aportación de los documentos relativos al mismo.

Reglamento (CEE) núm. 1012/1984, de la Comisión, de 10 de abril, modificando el Reglamento (CEE) núm. 1577/1981, sobre establecimiento de un sistema de procedimientos simplificados para la determinación del valor en aduana de ciertas mercancías perecederas.

Reglamento (CEE) núm. 220/1985, de la Comisión, de 29 de enero, modificando el Reglamento núm. 1495/1980, que adoptó las disposiciones de aplicación de ciertos preceptos de los artículos 1, 3 y 8 del Reglamento (CEE) núm. 1224/1980, del Consejo, relativo al valor en aduana de las mercancías.

Reglamento (CEE) núm. 320/1985, del Consejo, de 6 de febrero, sobre modificación del Reglamento (CEE) núm. 1224/1980, relativo al valor en aduana de las mercancías.

Reglamento (CEE) núm. 321/1985, de la Comisión, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 3178/1980, relativo a los gastos de transporte aéreo que deben incluirse en el valor en aduana.

Reglamento (CEE) núm. 1055/1985, del Consejo, de 23 de abril de 1985, por el que se modifica el Reglamento núm. 1224/1980, relativo al valor en aduana de las mercancías.

Reglamento (CEE) núm. 1766/1985, de la Comisión, de 27 de junio, referente a los tipos de cambio aplicables para la determinación del valor en ad uana.

Reglamento (CEE) núm. 1823/1985, de la Comisión, de 1 de julio. por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1577/1981, sobre establecimiento de un sistema de procedimientos simplifica-dos para la determinación del valor en aduana de ciertas mercancías perecederas.

Reglamento (CEE) núm. 3502/1985, de la Comisión, de 12 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1577/1981, sobre establecimiento de un sistema de procedimientos simplificados para la determinación del valor en aduana de ciertas mercancías perecederas.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 31/01/1986
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Instrucción 1/2004, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-2004-4668).
  • Fecha de derogación: 14/03/2004
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Circular número 931, de 29 de noviembre de 1985 (Ref. BOE-A-1985-25911).
Materias
  • Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT
  • Aduanas
  • Arancel de Aduanas
  • Comercio exterior
  • Comunidad Económica Europea
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Mercancías
  • Renta de Aduanas

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