Advertido error en el texto remitido para su publicación del artículo 1.° de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 158, de 3 de julio de 1986, página 24208, se transcribe a continuación la oportuna rectificación, quedando dicho artículo redactado en los siguientes términos:
«Artículo 1.° A partir de la fecha de publicación de la presente Orden queda sometida a vigilancia estadística y requerirá, por tanto, la expedición del documento denominado notificación previa de importación establecido en el artículo 4.° de la Orden de 21 de febrero de 1986, por la que se regula el procedimiento y tramitación de las importaciones, la importación de urea de un contenido en nitrógeno superior al 45 por 100 en peso del producto anhidro en estado seco, clasificada en la partida arancelaria 31.02.B del vigente Arancel de Aduanas, cuando proceda de los países de las zonas B1, B2, B3, B4 y C, del anejo I de la mencionada Orden de 21 de febrero de 1986.»
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