EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIAS DE 4 DE JUNIO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LAS CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMEROS 568 Y 572/1986, PROMOVIDAS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION ADICIONAL 6.3 DE LA LEY 5/1983, DE 29 DE JUNIO, DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA, POR OPOSICION A LOS ARTICULOS 9.3 Y 134.7 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 4 DE JUNIO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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