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Documento BOE-A-1986-14680

Orden de 29 de mayo de 1986 por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a los Clubes de fútbol.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 1986, páginas 20625 a 20639 (15 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-14680
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/05/29/(2)

TEXTO ORIGINAL

EXCELENTISIMO E ILUSTRISIMOS SEÑORES:

LA APLICACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD EXIGE UNA SERIE DE ADAPTACIONES DEL MISMO DESTINADAS A EMPRESAS Y ENTIDADES QUE POR SUS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS REQUIEREN CIERTAS NORMAS ESPECIALES. EN EL MARCO DE ESTA ACTIVIDAD, QUE VIENE REALIZANDO EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE DE ESTE MINISTERIO, SON YA NUMEROSAS LAS ADAPTACIONES SECTORIALES APROBADAS QUE SE APLICAN POR AQUELLAS EMPRESAS QUE ESTAN OBLIGADAS LEGALMENTE A CUMPLIR LAS DISPOSICIONES VIGENTES SOBRE PLANIFICACION CONTABLE.

POR INICIATIVA DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES, UN GRUPO DE TRABAJO CONSTITUIDO AL EFECTO, QUE HA VENIDO FUNCIONANDO EN EL INSTITUTO DE PLANIFICCION CONTABLE, HA FORMULADO UNAS NORMAS DE ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS CARACTERISTICAS ESPECIFICAS DE LOS CLUBES DE FUTBOL. ESTAS NORMAS, SOMETIDAS A LA SUPERIOR DECISION DE ESTE MINISTERIO, HAN SIDO OBJETO DE INFORME FAVORABLE POR LA COMISION PERMANENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE CONTABILIDAD CONFORME A LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 4. , 3, DEL REAL DECRETO 1982/1976, DE 24 DE AGOSTO.

POR TODO LO EXPUESTO Y CON OBJETO DE QUE LAS CITADAS ENTIDADES PUEDAN DISPONER DE UN TEXTO PREPARADO TECNICAMENTE PARA FACILITAR, DE FORMA NORMALIZADA, LA CORRESPONDIENTE INFORMACION CONTABLE, ESTE MINISTERIO HA ACORDADO APROBAR LAS NORMAS QUE FIGURAN SEGUIDAMENTE DE ADAPTCION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LOS CLUBES DE FUTBOL, CUYAS NORMAS, EN RAZON DE SU CONTENIDO Y FINALIDAD, NO AFECTARAN A LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES O CUALQUIER OTRO TRIBUTO.

LO QUE COMUNICO A V. E. Y A VV. II.

DIOS GUARDE A V. E. Y A VV. II. MUCHOS AÑOS.

MADRID, 29 DE MAYO DE 1986.

SOLCHAGA CATALAN EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA, E ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA Y DIRECTOR DEL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE.

INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE MINISTERIO DE HACIENDA CLUBES DE FUTBOL NORMAS DE ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD INTRODUCCION 1. LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS ESPECIALES CARACTERISTICAS DE LOS CLUBES DE FUTBOL SE HAN FORMULADO A PETICION DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES. LAS TAREAS CORRESPONDIENTES HAN SIDO REALIZADAS POR UN GRUPO DE TRABAJO FORMADO POR EXPERTOS DE DICHO CONSEJO, DE LOS CLUBES DE FUTBOL, DE LA INTERVENCION GENERAL DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, DE LA DIRECCION GENERAL DE TRANSACCIONES EXTERIORES Y DEL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE.

EN EL CURSO DE LAS REUNIONES DE ESTE GRUPO DE TRABAJO SE HAN ESTUDIADO PROFUNDAMENTE LAS CUESTIONES QUE AFECTAN A LA MATERIA, CON EL OBJETIVO DE CONSEGUIR UN TEXTO TECNICAMENTE CAPACITADO PARA CONTABILIZAR LAS OPERACIONES QUE REALIZAN LOS CLUBES DE FUTBOL. Y ELLO EN EL MARCO DE LOS PRINCIPIOS Y CRITERIOS Y DE LA ESTRUCTURA Y SISTEMATICA DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD.

ESTAS NORMAS DE ADAPTACION CONTEMPLAN, CON EL REALISMO QUE PROPORCIONA LA EXPERIENCIA COTIDIANA, LAS TRANSACCIONES DE LAS ENTIDADES CITADAS CON LOS DIVERSOS AGENTES ECONOMICOS, FACILITANDO AL FINAL DEL EJERCICIO MEDIANTE EL ADECUADO PROCESO DE CALCULO, LA INFORMACION QUE CONTIENEN LAS CUENTAS ANUALES.

OBVIO ES DECIR QUE ESTAS NORMAS, COMO TODAS LAS FORMULADAS POR EL INSTITUTO, ESTAN ABIERTAS PARA ACEPTAR LAS MODIFICACIONES ACONSEJABLES EN UN FUTURO MAS O MENOS PROXIMO. TODO DEPENDERA DE LA EVOLUCION DE LOS CLUBES DE FUTBOL, DE LOS CAMBIOS QUE EXPERIMENTEN EN EL TIEMPO SUS PROPIAS VARIABLES, DEL PROGRESO CONTABLE Y MUY ESPECIALMENTE DE LAS SUGERENCIAS DE PROFESIONALES Y EXPERTOS APOYADAS EN SUS OBSERVACIONES AL APLICAR EL MODELO.

2. IMPORTANTE ES ACOTAR EL CAMPO DE APLICACION DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

EN PRINCIPIO VAN DIRIGIDAS A LOS CLUBES DE FUTBOL. NO OBSTANTE, EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE ENTIENDE QUE TAMBIEN PUEDEN SER APLICADAS A OTROS CLUBES DEPORTIVOS, AUNQUE EN ALGUNOS CASOS, OBVIAMENTE, HABRA QUE DAR A DETERMINADAS CUENTAS ESPECIFICAS DE LOS CLUBES DE FUTBOL UNA DENOMINACION ADECUADA.

EN ESTE SENTIDO SE ENTIENDE POR CLUBES DEPORTIVOS LAS ASOCIACIONES PRIVADAS CON PERSONALIDAD JURIDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR, CUYO EXCLUSIVO OBJETO SEA EL FOMENTO Y LA PRACTICA DE LA ACTIVIDAD FISICA Y DEPORTIVA, SIN ANIMO DE LUCRO, TAL COMO SE ESTABLECE EN LA LEY 13/1980, GENERAL DE LA CULTURA FISICA Y EL DEPORTE.

3. LA SUBORDINACION MAS ESTRICTA AL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD (PGC) HA PRESIDIDO EL TRABAJO DE ESTA ADAPTACION. POR ELLO EN EL CUADRO DE CUENTAS SE MANTIENEN ALGUNAS QUE PUEDEN NO SER UTILIZADAS Y SE HA SEÑALADO CON EL SIGNO () LAS PROPIAS DE ESTA ADAPTACION.

LA SEGUNDA PARTE, DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES, CONTIENE UNICAMENTE LAS CORRESPONDIENTES A LAS CUENTAS ESPECIFICAS QUE REQUIEREN UNA EXPLICACION.

LAS PRINCIPALES CUESTIONES QUE DESDE UN PUNTO DE VISTA CONTABLE SE CONTIENEN EN ESTAS NORMAS DE ADAPTACION SE EXPONEN A CONTINUACION.

4. EL FONDO SOCIAL, TAL COMO ESTABLECE EL PGC, ES EL CAPITAL DE LAS ENTIDADES SIN FORMA MERCANTIL. SU SITUACION EN EL BALANCE Y SU MOVIMIENTO SON LOS ESTABLECIDOS PARA LA CUENTA 100 -CAPITAL SOCIAL- (CAPITAL ESCRITURADO EN LAS SOCIEDADES QUE REVISTAN FORMA MERCANTIL).

POR LO TANTO, EN ESTA CUENTASE INCLUIRAN SOLO LAS CANTIDADES QUE LOS SOCIOS O ABONADOS SATISFAGAN COMO APORTACION DE CAPITAL, YA QUE LAS DEMAS QUE SE DESTINAN A SUFRAGAR LOS GASTOS DEL EJERCICIO SE CONSIDERAN INGRESOS Y SE CONTABILIZARAN EN EL GRUPO 7.

POR CONSIGUIENTE, LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR EL CLUB ESTARAN CONTABILIZADOS EN EL SUBGRUPO 11 -RESERVAS- O, EN CASO DE SER NEGATIVOS, EN EL SUBGRUPO 13 HASTA TANTO NO SE DECIDA POR LA ASAMBLEA SU TRASPASO AL FONDO SOCIAL.

AHORA BIEN, EN EL PRIMER EJERCICIO EN QUE SE APLIQUEN ESTAS NORMAS DE ADAPTACION, EL FONDO SOCIAL ESTARA CONSTITUIDO POR EL PATRIMONIO NETO DEL CLUB, SIN QUE PROCEDA, EN SU CASO, CONTABILIZAR CANTIDAD ALGUNA EN CUENTAS DE RESERVA.

5. EL PLAN CONTEMPLA LA POSIBILIDAD DE QUE LOS CLUBES DOTEN UNA PREVISION PARA CUBRIRSE DE LOS RIESGOS ECONOMICOS QUE PUEDAN TENER POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES DURANTE LA VIDA DEPORTIVA DE LOS JUGADORES.

DICHAS PREVISIONES DEBEN ACOMODARSE, CON LA EXPERIENCIA OBTENIDA POR CADA CLUB, PARA QUE CUBRAN RAZONABLEMENTE DICHOS RIESGOS A FIN DE CADA EJERCICIO.

EL CONTENIDO Y MOVIMIENTOS DE ESTA PREVISION SE EXPLICAN EN LA CUENTA 120 PREVISION PARA RIESGOS DE CONTRATOS VIGENTES .

6. PARTICULAR IMPORTANCIA TIENE EN LOS CLUBES DE FUTBOL EL TRATAMIENTO CONTABLE DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION QUE SE SATISFACEN PARA OBTENER EL SERVICIO DE JUGADORES.

EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE ES CONSCIENTE DE LA DIFICULTAD QUE TIENE EL TRATAMIENTO CONTABLE DE ESTA OPERACION EN EL MARCO DE LOS PRINCIPIOS DEL PGC.

EL CRITERIO ESTABLECIDO HA SIDO CONSIDERAR LOS GASTOS DE ADQUISICION DE JUGADORES COMO UN ACTIVO INMATERIAL CUYA CONTABILIZACION SE EFECTUARA EN LA CUENTA 214 DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES , AL PRODUCIRSE DICHOS GASTOS EN VIRTUD DE UNA TRANSACCION CON EL MUNDO EXTERIOR Y EXISTIR UNA CUANTIFICACION CONCRETA DE SU IMPORTE.

SIENDO ESTO ASI SU TRATAMIENTO CONTABLE SERA EL SIGUIENTE:

DICHOS DERECHOS DEBERAN AMORTIZARSE ANUALMENTE, Y DURANTE LA VIGENCIA DE CADA CONTRATO, CONSIDERANDOSE QUE LAS AMORTIZACIONES DE LOS MISMOS ENTRAN EN EL CUADRO DE LA GESTION NORMAL DE LOS CLUBES. PARA ELLO SE HABILITAN LAS CUENTAS 6814 AMORTIZACION DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES Y 2814 AMORTIZACION ACUMULADA DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES .

NO OBSTANTE LO ANTERIOR, SI EL JUGADOR CAUSA BAJA POR CUALQUIER MOTIVO QUE NO SEA EL DE SU TRASPASO A OTRO CLUB, EL SALDO PENDIENTE DE AMORTIZAR SE CARGARA A LA CUENTA 820 RESULTADOS EXTRAORDINARIOS , SALVO QUE SE HUBIERE DOTADO LA PREVISION DE LA CUENTA 120.

SI EL JUGADOR ES TRASPASADO A OTRO CLUB, EL SALDO PENDIENTE DE AMORTIZAR SE CONTABILIZARA COMO CARGO EN LA CUENTA 6814 Y COMO ABONO EN LA 2814.

EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE HA ADOPTADO LA SOLUCION INDICADA POR ENTENDER QUE EL TRASPASO DE JUGADORES FORMA PARTE DE LA ACTIVIDAD NORMAL DE LOS CLUBES. EL CRITERIO SEGUIDO PARA ELLO RESPONDE A UNA PERFECTA HOMOGENEIDAD YA QUE UNICAMENTE EN EL CASO DE BAJAS DE JUGADORES PRODUCIDAS EXCEPCIONALMENTE, ES DECIR, POR MOTIVOS DISTINTOS A LOS TRASPASOS, LAS PERDIDAS ORIGINADAS POR LAS MISMAS SE CONTABILIZARAN EN LA CUENTA 820.

7. UN TEMA AMPLIAMENTE DEBATIDO EN EL GRUPO DE TRABAJO HA SIDO EL DE LOS GASTOS QUE REALIZAN LOS CLUBES PARA LA FORMACION DE SUS JUGADORES. EN EL SENO DEL MISMO SE CONTEMPLARON DOS POSIBLES OPCIONES.

SEGUN LA PRIMERA, DICHOS GASTOS DEBEN CONSIDERARSE COMO UN INMOVILIZADO DE CARACTER INMATERIAL, AMORTIZANDOSE EN UN PLAZO RAZONABLE, COMO SERIA, A TITULO INDICATIVO, EL DE CINCO AÑOS.

CONFORME A LA SEGUNDA OPCION, LOS GASTOS INDICADOS NO DEBEN TENER LA CITADA CONSIDERACION, PUES SE TRATA DE GASTOS PROPIAMENTE DICHOS QUE HABRAN DE FIGURAR COMO TALES EN EL CORRESPONDIENTE EJERCICIO.

DESPUES DE EXAMINAR DETENIDAMENTE ESTAS OPCIONES, EL GRUPO DE TRABAJO SE HA INCLINADO POR ADOPTAR LA SEGUNDA. Y ELLO EN BASE A UNA SERIE DE MOTIVACIONES QUE DE MODO SIMPLIFICADO SE EXPONEN SEGUIDAMENTE:

LA DOCTRINA MAS MODERNA ESTA CONCEBIDA ATRIBUYENDO UN GRAN PROTAGONISMO AL PRINCIPIO CONTABLE DE PRUDENCIA, UNA DE CUYAS MANIFESTACIONES AFECTA MUY DIRECTAMENTE AL INMOVILIZADO INMATERIAL. LA CREACION DE ESTE INMOVILIZADO, Y, POR TANTO, SU EXPRESION EN EL BALANCE, SE CONTEMPLA CON UN SENTIDO MUY RESTRICTIVO, E, INCLUSO, CON LIMITACIONES RESTRINGIDAS EN CUANTO A LA PERMANENCIA DE DICHO INMOVILIZADO EN EL ACTIVO. SIGUIENDO A LA EXPRESADA DOCTRINA EL PRINCIPIO CONTABLE DE PRUDENCIA CONDUCE A QUE LAS CUENTAS ANUALES SE INSPIREN EN LA MAXIMA SANIDAD FINANCIERA, PORQUE SOLO ASI, MEDIANTE DICHOS DOCUMENTOS, SERA POSIBLE EXPRESAR LA IMAGEN FIEL DE LA EMPRESA. EN PERFECTA ARMONIA CON LO SEÑALADO, HAY QUE CONSIDERAR TAMBIEN LAS DIFICULTADES QUE IMPLICA LA CUANTIFICACION DE LOS GASTOS QUE SE EXAMINAN A EFECTOS DE SU INSCRIPCION EN EL BALANCE COMO INMOVILIZADO INMATERIAL, PORQUE TAL CUANTIFICACION, POR LOS ELEMENTOS MUY PLURALES QUE EN ELLA CONCURREN, LLEVARIA, EN LA MAYOR PARTE DE LOS CASOS, A UNA VALORACION <FORFATARIA> PREVALECIENDO APRECIACIONES PURAMENTE SUBJETIVAS, Y CARENTES, POR TANTO, DE UNA RAZONABLE SOLIDEZ. TENGASE EN CUENTA, ADEMAS, QUE EL INMOVILIZADO INMATERIAL DE QUE SE TRATA PODRIA ALCANZAR, EN EL CURSO DEL TIEMPO, Y EN DETERMINADOS CASOS, CIFRAS MUY ELEVADAS POR EL HECHO DE INCREMENTARSE LOS GASTOS DE CADA EJERCICIO EN CUANTIA MAYOR A LA CUOTA DE AMORTIZACION DE LOS MISMOS.

EN LA DOCTRINA BREVEMENTE INDICADA TOMA SU BASE LA IV DIRECTRIZ DE LA CEE, CUYAS DISPOSICIONES CONTIENEN, POR APLICACION DEL PRINCIPIO CONTABLE DE PRUDENCIA, DETERMINADAS CAUTELAS MUY CONCRETAS SOBRE EL INMOVILIZADO INMATERIAL, COMO EN GENERAL SOBRE LA INSCRIPCION Y PERMANENCIA EN EL ACTIVO DE ALGUNOS GASTOS, ESTABLECIENDO NORMAS RESTRICTIVAS SOBRE TODOS ELLOS.

EN CONSECUENCIA, LOS GASTOS QUE REALIZAN LOS CLUBES PARA LA FORMACION DE SUS JUGADORES NO DEBERAN INSCRIBIRSE EN EL ACTIVO DEBIENDO CONTABILIZARSE COMO TALES EN EL CORRESPONDIENTE EJERCICIO.

NO OBSTANTE, DADA LA ESPECIAL CARACTERISTICA QUE CONCURRE EN DICHOS GASTOS, LOS CLUBES QUE LO DESEEN PODRAN EXPRESAR EN EL ANEXO EL IMPORTE REALIZADO POR ESTE CONCEPTO EN EL EJERCICIO Y UN CALCULO RAZONABLE Y PURAMENTE INDICATIVO SOBRE EL VALOR DE LA PLANTILLA DE JUGADORES EN LA FECHA DE CIERRE DE LAS CUENTAS ANUALES.

8. OBVIO ES DECIR QUE, EN LOS CLUBES, EL GRUPO 3 EXISTENCIAS APENAS TIENE IMPORTANCIA POR TRATARSE DE UNAS ENTIDADES ENCUADRADAS EN EL SECTOR SERVICIOS. POR ELLO EL DESARROLLO DEL CITADO GRUPO SE HA ESTABLECIDO UNICAMENTE PARA POSIBILITAR EL INVENTARIO DE DETERMINADOS BIENES ADQUIRIDOS POR LOS CLUBES Y DESTINADOS, EN GENERAL, AL USO Y CONSUMO PROPIOS.

9. DENTRO DE CADA TIPO DE GASTO CLASIFICADO POR NATURALEZA SE POSIBILITA EL DESGLOSE POR DEPORTES (FUTBOL, BALONCESTO ...) PARA QUE ASI PUEDA OBTENERSE UNA INFORMACION MAS CLARA SOBRE TODOS Y CADA UNO DE LOS QUE REALIZA EL CLUB.

EL MISMO CRITERIO SE APLICA POR LO QUE SE REFIERE A LOS INGRESOS, LOS CUALES ADEMAS, PODRAN DESGLOSARSE POR COMPETICIONES.

OBVIO ES AÑADIR QUE EL PLAN ES FLEXIBLE, PARA QUE DENTRO DE SU ESTRUCTURA CADA CLUB ABRA LAS CUENTAS QUE CREA CONVENIENTES PARA CUBRIR SUFICIENTEMENTE LAS NECESIDADES DE INFORMACION QUE PUEDAN DEMANDAR LOS TERCEROS INTERESADOS, ASI COMO PARA SU PROPIA GESTION.

10. DENTRO DE LOS GASTOS Y DE LOS INGRESOS SE INCLUYEN CUENTAS ESPECIFICAS PARA CONTABILIZAR LAS RELACIONES FINANCIERAS QUE LOS CLUBES TENGAN CON OTROS CLUBES, YA SEAN FILIALES O NO. BIEN ENTENDIDO QUE EN DICHAS CUENTAS (SUBGRUPOS 67 Y 75) Y EN LAS DEL SUBGRUPO 14, SOLO SE CONTABILIZARAN LAS SUBVENCIONES QUE PUEDAN DAR A OTROS CLUBES O RECIBIR DE ESTOS, SIEMPRE QUE TENGAN PERSONALIDAD JURIDICA INDEPENDIENTE.

EN EL CASO DE QUE UN CLUB TENGA VARIOS EQUIPOS DE UN MISMO DEPORTE SE ACTUARA, LOGICAMENTE, CONFORME AL APARTADO 9 ANTERIOR.

11. LOS INGRESOS QUE SE PRODUZCAN POR CESIONES Y TRASPASOS DE JUGADORES SERAN EN TODO CASO CONTABILIZADOS EN LAS CUENTAS DEL SUBGRUPO 72, PARA CONOCER ASI, EN CADA EJERCICIO, LOS INGRESOS TOTALES OBTENIDOS POR DICHOS CONCEPTOS. EN ESTE SUBGRUPO SE CONTABILIZARAN, PUES, TODOS LOS INGRESOS QUE SE PRODUZCAN TANTO POR TRASPASOS (CUENTA 720) COMO POR CESIONES (CUENTA 721), YA SE TRATE DE JUGADORES FORMADOS TOTAL O PARCIALMENTE EN EL CLUB, COMO DE JUGADORES ADQUIRIDOS A TERCEROS MEDIANTE EL PAGO DE UN DERECHO. ESTA FORMA DE OPERAR RESPONDE A LA IDEA DE QUE LOS INGRESOS CITADOS SON CONSECUENCIA, EN TODO CASO, DE LA GESTION NORMAL DEL CLUB.

12. CONFORME A LAS PRACTICAS INTERNACIONALES, Y PARA QUE EL ANALISIS FINANCIERO SE ARMONICE CON LAS REGLAS USUALES EN LOS PAISES INDUSTRIALIZADOS, EN ESTAS NORMAS, COMO EN OTRAS YA APROBADAS, SE DISTINGUE LA NOCION DEL PLAZO LARGO Y LA DEL PLAZO CORTO, SEGUN QUE EL PERIODO DE TIEMPO QUE COMPRENDE LA VIDA DE LAS DEUDAS A FAVOR DE LA ENTIDAD Y DE LAS DEUDAS QUE ESTA TENGA CON TERCEROS EXCEDA O NO DEL AÑO. EN CONSECUENCIA, EN EL CUADRO DE CUENTAS DE ESTAS NORMAS NO SE INCLUYEN LAS CORRESPONDIENTES AL PLAZO MEDIO.

13. DE ACUERDO TAMBIEN CON LAS PRACTICAS Y RECOMENDACIONES INTERNACIONALES, EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE SIENTE UNA GRAN PREOCUPACION POR CONSEGUIR QUE LAS CUENTAS ANUALES SEAN LA EXPRESION DE LA IMAGEN FIEL DEL PATRIMONIO DE LA EMPRESA, DE SU SITUACION FINANCIERA Y DE SUS RESULTADOS.

CONFORME A ESTE MODO DE PENSAR, EL INSTITUTO TRATA DE EVITAR INTERFERENCIAS DE ELEMENTOS EXTRAÑOS A LOS QUE CONDICIONAN EL RIGOR COMO REQUISITO BASICO DE LA INFORMACION CONTABLE QUE PRODUCE LA APLICACION DE UN MODELO MUY CUIDADO COMO ES EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD. PLANTEADA LA CUESTION EN EL PLANO FISCAL SE OBSERVA QUE LOS AUTORES DEL CITADO TEXTO SINTIERON IDENTICA PREOCUPACION COMO MUY BIEN PUEDE ADVERTIRSE CON LA LECTURA DEL APARTADO 8 DE LA INTRODUCCION DEL PLAN GENERAL.

POR ELLO, EN ESTA ADAPTACION SE EVITA HACER REFERENCIA EXPRESA A LAS DENOMINADAS <CUENTAS FISCALES>.

AHORA BIEN, ESTA TOMA DE POSTURA POR PARTE DEL INSTITUTO NO ORIGINA DIFICULTAD ALGUNA PARA LOS CLUBES DE FUTBOL.

CUANDO DEBAN APLICAR CUENTAS FISCALES SE ATENDRAN A LAS DISPOSICIONES CONCRETAS DE LAS PROPIAS REGLAMENTACIONES. LA FLEXIBILIDAD DEL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD OFRECE SOLUCIONES OPTIMAS PARA LOS DISTINTOS SUPUESTOS QUE PUEDEN PRESENTARSE, SIENDO TAREA DE PROFESIONALES Y EXPERTOS LA UBICACION DE CADA UNA DE LAS CUENTAS FISCALES QUE HAYAN DE ABRIRSE, EN EL GRUPO QUE LOGICAMENTE CORRESPONDE EN ARMONIA CON LAS LINEAS QUE DIBUJAN LA ESTRUCTURA DEL CUADRO DE CUENTAS.

14. ES CONVENIENTE INDICAR IGUALMENTE QUE, POR LO QUE AFECTA A LA CONTABILIZACION DEL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA), LOS CLUBES DE FUTBOL APLICARAN LAS INSTRUCCIONES APROBADAS POR RESOLUCION DEL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE DE 15 DE NOVIEMBRE DE 1985 Y PUBLICADAS EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 294, DE 9 DE DICIEMBRE SIGUIENTE.

15. LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION SON COMPATIBLES CON LA CONTABILIDAD DE TIPO PRESUPUESTARIO QUE, A EFECTOS DE PREVISION Y CONTROL, PUEDAN DESARROLLAR LOS CLUBES. DICHA CONTABILIDAD QUEDARA INTEGRADA EN EL GRUPO 0, EL CUAL PRESENTA LA SUFICIENTE FLEXIBILIDAD PARA ABRIR LAS CUENTAS QUE EN CADA CASO CONVENGA EN ARMONIA CON LAS NECESIDADES DE GESTION DE CADA CLUB.

16. ADAPTADO EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD A LAS ESPECIALES CARACTERISTICAS DE LOS CLUBES DE FUTBOL, EL INSTITUTO DE PLANIFICACION CONTABLE TIENE LA SEGURIDAD DE QUE ESTOS VAN A DISPONER DE UN INSTRUMENTO MUY UTIL PARA SU PROPIA GESTION. ADEMAS, LA INFORMACION NORMALIZADA QUE SE OBTIENE CON LA APLICACION DEL PLAN VA A CONDUCIR A QUE TALES CLUBES FORMULEN SUS CUENTAS ANUALES CON UN CONTENIDO SUFICIENTE PARA RESPONDER CUMPLIDAMENTE A LAS DEMANDAS DE LOS DISTINTOS AGENTES ECONOMICOS Y PARA PERFECCIONAR LAS ESTADISTICAS NACIONALES.

PRIMERA PARTE CUADRO DE CUENTAS NOTA. LAS CUENTAS ESPECIFICAS DEL SECTOR Y AQUELLAS OTRAS QUE SE INTRODUCEN EN LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION, NO FIGURANDO EN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD, VAN SEÑALADAS CON EL SIGNO ().

SEGUNDA PARTE DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES CONTIENE UNICAMENTE LAS DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES DE LAS CUENTAS ESPECIFICAS INTRODUCIDAS EN LA PRIMERA PARTE DE LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION.

LAS DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES DE LAS DEMAS CUENTAS SON LAS QUE FIGURAN EN DICHO TEXTO, SALVO EN LOS PUNTOS QUE LOGICAMENTE RESULTAN MODIFICADAS A CONSECUENCIA DE LOS MOTIVOS DE CARGO Y ABONO QUE SE EXPONEN SEGUIDAMENTE.

GRUPO 1 FINANANCIACION BASICA COMPRENDE LOS RECURSOS OBTENIDOS POR EL CLUB DESTINADOS, EN GENERAL, A FINANCIAR EL ACTIVO PERMANENTE Y A CUBRIR UN MARGEN RAZONABLE DEL CIRCULANTE.

EL CONTENIDO DE ESTE GRUPO SE DEFINE POR EL DESTINO DE LOS RECURSOS.

10.

CAPITAL 101. FONDO SOCIAL.

CANTIDADES QUE LOS SOCIOS Y ABONADOS SATISFACEN, EN UNA SOLA VEZ O EN VARIAS, EN CONCEPTO DE CUOTAS DE ENTRADA, CUOTAS FUNDACIONALES O CUALESQUIERA OTRAS QUE TENGAN EL CARACTER DE APORTACION A ESTE FONDO.

FIGURARA EN EL PASIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

SE ABONARA POR EL IMPORTE DE LAS CUOTAS MENCIONADAS Y SE CARGARA POR LAS REDUCCIONES DEL FONDO, CUANDO PROCEDA, Y A LA EXTINCION DEL CLUB (UNA VEZ TRANSCURRIDO EL PERIODO DE LIQUIDACION).

11.

RESERVAS.

112. CUENTAS DE REGULARIZACION O ACTUALIZACION ().

ESTAS CUENTAS RECOGERAN LAS CUANTIAS RESULTANTES DE APLICAR LAS LEYES DE REGULARIZACION O ACTUALIZACION.

SU MOVIMIENTO SERA, EN CADA CASO, EL QUE PROCEDA DE ACUERDO CON LA LEGISLACION CORRESPONDIENTE.

12.

PREVISIONES.

120. PREVISION PARA RIESGOS DE CONTRATOS VIGENTES ().

DOTACION ACUMULADA DESTINADA A CUBRIR EL RIESGO ECONOMICO QUE PUEDAN EXPERIMENTAR LOS CLUBES COMO CONSECUENCIA DE UNA CIRCUNSTANCIA EXTRAORDINARIA EN LA VIDA DEPORTIVA DE LOS JUGADORES: ACCIDENTES, ENFERMEDADES, LESIONES O MOTIVACIONES ANALOGAS.

FIGURARA EN EL PASIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

SE ABONARA, CON CARGO A LA CUENTA 890, CUANDO SE DOTE LA PREVISION, Y SE CARGARA AL PRODUCIRSE EL HECHO CUYO RIESGO DE ACONTECER CUBRIA.

AL FINAL DE CADA EJERCICIO DEBERA HACERSE UN AJUSTE DE LA PREVISION, CON EL FIN DE ACOMODAR EL IMPORTE DE SUS DOTACIONES A LOS RIESGOS RAZONABLEMENTE ESTIMADOS EN DICHA FECHA. SI DICHO IMPORTE SE CONSIDERARA INSUFICIENTE, SE COMPLEMENTARA EN LA CUANTIA QUE PROCEDA, CON CARGO A LA CUENTA 890.

SI DEJARA DE EXISTIR DEFINITIVAMENTE EL RIESGO PARA EL CUAL FUE CREADA LA PREVISION, EL SALDO DE LA CUENTA 120 SE PASARA A LA 116.

GRUPO 2 INMOVILIZADO ELEMENTOS PATRIMONIALES QUE CONSTITUYEN LAS INVERSIONES PERMANENTES DEL CLUB Y GASTOS REALIZADOS CON IMPUTACION DIFERIDA.

20.

INMOVILIZADO MATERIAL.

202. EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES.

2020. ESTADIO ().

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES DONDE SE DESARROLLA LA ACTIVIDAD PRINCIPAL DEL CLUB.

2021. PABELLONES DEPORTIVOS ().

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES CUYO DESTINO ES LA PRACTICA DE DEPORTES EN RECINTOS CERRADOS.

2022. LOCAL SOCIAL ().

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES DE LA SEDE SOCIAL DEL CLUB. SE INCLUIRAN LAS OFICINAS, SALAS DE REUNIONES, ETC.

CUANDO EL LOCAL SOCIAL ESTE UBICADO EN ALGUNO DE LOS EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES DEFINIDAS EN LAS CUENTAS ANTERIORES, SE INCLUIRA EN LA CUENTA CORRESPONDIENTE.

2023. OFICINAS ().

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES DESTINADOS A OFICINAS DEL CLUB, CUANDO NO FORMEN PARTE DE LOS INCLUIDOS EN LAS CUENTAS ANTERIORES.

2024. OTROS EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES DEPORTIVAS.

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES, CUYA FINALIDAD PRINCIPAL SEA LA PRACTICA DE OTRAS MODALIDADES DEPORTIVAS.

2029. OTROS EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES.

CONJUNTO DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES CUYO DESTINO PRINCIPAL NO ES LA PRACTICA DE UN DEPORTE.

21.

INMOVILIZADO INMATERIAL.

214. DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES ().

IMPORTE DEVENGADO POR LA ADQUISICION DEL DERECHO A LOS SERVICIOS DE UN DETERMINADO JUGADOR.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE CARGARA POR EL IMPORTE QUE RESULTE SEGUN LA TRANSACCION DE QUE SE TRATE. B) SE ABONARA:

B 1 ) CUANDO SE PRODUZCAN TRASPASOS DE JUGADORES, CON CARGO A LA CUENTA 2814 -AMORTIZACION ACUMULADA DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES . PREVIAMENTE, SE HABRA HECHO, SI PROCEDE, EL ASIENTO INDICADO EN EL APARTADO B S 2 ) DE LA CUENTA 2814.

B 2 ) EN LOS CASOS EN QUE EL JUGADOR CAUSE BAJA EN EL CLUB <POR CUALQUIER OTRO MOTIVO>, CONCARGO A LAS SIGUIENTES CUENTAS:

2814. AMORTIZACION ACUMULADA DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES, POR EL IMPORTE AMORTIZADO.

120. PREVISION PARA RIESGOS DE CONTRATOS VIGENTES POR EL IMPORTE NO AMORTIZADO SI SE HA DOTADO ESTA PREVISION.

820. RESULTADOS EXTRAORDINARIOS, POR EL IMPORTE NO AMORTIZADO.

27.

GASTOS AMORTIZABLES.

278. MODIFICACIONES DE LA PARIDAD MONETARIA Y DEL TIPO DE CAMBIO ().

ESTA CUENTA SE DESTINA A REGISTRAR LAS MODIFICACIONES DE LA PARIDAD MONETARIA Y DE LAS VARIACIONES SUSTANCIALES QUE SE PRODUZCAN EN EL TIPO DE CAMBIO CUANDO EL CLUB OPTE POR SU AMORTIZACION, PARCIAL O TOTAL, EN EJERCICIOS FUTUROS A AQUEL EN QUE HAYAN TENIDO LUGAR DICHAS MODIFICACIONES Y VARIACIONES. TAMBIEN SE UTILIZARA ESTA CUENTA EN EL CASO DE DISPOSICION LEGAL QUE ESTABLEZCA EL MISMO CRITERIO PARA AMORTIZAR LAS REFERIDAS MODIFICACIONES Y VARIACIONES.

EN LA CUENTA 278 SE DESARROLLARA NECESARIAMENTE EN LAS DE CUATRO, CINCO O MAS CIFRAS QUE SEAN PRECISAS PARA CONTABILIZAR SEPARADAMENTE LAS DISTINTAS MODIFICACIONES Y VARIACIONES ALUDIDAS, ASI COMO LA PARTE DE LAS MISMAS QUE CORRESPONDA A LOS DIFERENTES SALDOS COMERCIALES O FINANCIEROS AFECTADOS.

PARA AMORTIZAR ANUALMENTE EL SALDO DE ESTA CUENTA SE APLICARAN CRITERIOS RAZONABLES. NO OBSTANTE, EL PERIODO DE AMORTIZACION DE LOS COMPONENTES DEL CITADO SALDO NO PODRAN EXCEDER DEL EJERCICIO EN QUE VENZAN LOS RESPECTIVOS CREDITOS O DEUDAS.

FIGURARA EN EL ACTIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE CARGARA, POR EL IMPORTE DE LAS MODIFICACIONES Y VARIACIONES QUE SE PRODUZCAN Y A LAS CUALES LES SEA DE APLICACION EL CRITERIO DE AMORTIZARSE EN EJERCICIOS POSTERIORES CON ABONO A LA CUENTA 556.

B) SE ABONARA, POR EL IMPORTE DE LA AMORTIZACION ANUAL CON CARGO A LA 687.

NOTA: VER LA NOTA (2) DE LA CUENTA 556.

28.

AMORTIZACION DEL INMOVILIZADO.

281. AMORTIZACION ACUMULADA DEL INMOVILIZADO INMATERIAL.

2814. DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES ().

SUMA DE DOTACIONES ANUALES POR AMORTIZACION DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION.

FIGURARA EN EL ACTIVO DEL BALANCE, MINORANDO LA CUENTA 214, DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE: SE ABONARA:

B 1 ) POR LA DOTACION ANUAL CON CARGO A LA CUENTA 6814.

B 2 ) POR LA CUANTIA QUE PROCEDA AMORTIZAR EN LOS CASOS DE TRASPASOS CON CARGO A LA 6814.

SE CARGARA: CON MOTIVO DE LA BAJA EN INVENTARIO DE LA CUENTA 214, CUALQUIERA QUE SEA SU CAUSA, CON ABONO A DICHA CUENTA.

GRUPO 3 EXISTENCIAS MATERIAL DEPORTIVO, MEDICAMENTOS, MATERIAL DE PROPAGANDA Y MATERIALES PARA CONSUMO Y REPOSICION.

30.

MATERIAL DEPORTIVO ().

300. ............

305. ............

309. ............

OBJETOS ADQUIRIDOS POR LOS CLUBES DESTINADOS AL USO Y CONSUMO POR LA ACTIVIDAD DEPORTIVA. SE CITAN, A TITULO INDICATIVO, CAMISETAS, CAMISAS, JERSEYS, PANTALONES, MEDIAS, CALCETINES, BOTAS, BALONES, MONOS DE ENTRENAMIENTO, MATERIAL DE BOTIQUIN, ETC.

ESTE SUBGRUPO SE DESARROLLARA EN LAS CUENTAS QUE CADA CLUB CONSIDERE NECESARIAS O CONVENIENTES PARA SU GESTION. SE PROCURARA QUE CADA CUENTA ENGLOBE LOS OBJETOS PREVIAMENTE SELECCIONADOS CON HOMOGENEIDAD.

33.

MATERIAL DE PROPAGANDA ().

330. ............

335. ............

339. ............

OBJETOS ADQUIRIDOS POR LOS CLUBES DESTINADOS A LA VENTA O A REGALOS A LOS SOCIOS, PEÑAS DEPORTIVAS, VISITANTES, SIMPATIZANTES, ETC. SE CITAN, A TITULO INDICATIVO, BANDERINES, INSIGNIAS, ESCUDOS, FOTOGRAFIAS, POSTALES, FOLLETOS, ETC.

A ESTE SUBGRUPO ES DE APLICACION LO EXPRESADO EN EL 30.

GRUPO 4 ACREEDORES Y DEUDORES POR OPERACIONES DE TRAFICO CUENTAS PERSONALES Y EFECTOS COMERCIALES ACTIVOS Y PASIVOS QUE TIENEN SU ORIGEN EN EL TRAFICO DEL CLUB. 43.

SOCIOS Y ABONADOS ().

430. SOCIOS, CUOTAS FRACCIONADAS ().

431. SOCIOS, CUOTAS ANUALES ().

432. ABONADOS ().

........ ...........

435. SOCIOS Y ABONADOS DE DUDOSO COBRO ().

430 432. SOCIOS Y ABONADOS ........ ().

DEUDAS DE SOCIOS Y ABONADOS POR LAS CUOTAS Y ABONOS CUALQUIERA QUE SEA SU CONCEPTO.

FIGURARAN EN EL ACTIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE CARGARAN, CON ABONO A LAS CORRESPONDIENTES DEL SUBGRUPO 71, O, EN SU CASO, A LA 101, POR EL IMPORTE DE LAS DEUDAS CITADAS.

B) SE ABONARAN, CON CARGO A:

B 1 ) LAS CORRESPONDIENTES DEL SUBGRUPO 57, POR LOS COBROS TOTALES O PARCIALES.

B 2 ) LA 435, POR LAS CUOTAS Y ABONOS QUE PERMITAN RAZONABLEMENTE SU CALIFICACION COMO DE DUDOSO COBRO.

435. SOCIOS Y ABONADOS DE DUDOSO COBRO ().

DEUDAS DE SOCIOS Y ABONADOS QUE PERMITAN RAZONABLEMENTE SU CALIFICACION COMO DE DUDOSO COBRO.

FIGURARA EN EL ACTIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE CARGARA POR EL IMPORTE DE LOS SALDOS DE DUDOSO COBRO, CON ABONO A LAS 430/432.

B) SE ABONARA:

B 1 ) POR LAS INSOLVENCIAS FIRMES, CON CARGO A LA CUENTA 4940, SI ESTA SE HUBIERE DOTADO. NO EXISTIENDO DOTACION, SE CARGARA A LA 800.

B 2 ) POR EL COBRO TOTAL DE LOS SALDOS, CON CARGO A CUENTAS DEL SUBGRUPO 57. LA DOTACION REALIZADA EN SU DIA A LA CUENTA 4940 SE CARGARA POR EL IMPORTE DEL SALDO COBRADO, CON ABONO A LA 794.

B 3 ) AL COBRO PARCIAL, CON CARGO A CUENTAS DEL SUBGRUPO 57 EN LA PARTE COBRADA Y A LA 4940 POR LO QUE RESULTARA INCOBRABLE. ADEMAS, POR EL IMPORTE COBRADO SE CARGARA LA CUENTA 4940, CON ABONO A LA 794.

48.

AJUSTE POR PERIODIFICACION.

487. COBROS ANTICIPADOS DE SOCIOS Y ABONADOS ().

INGRESOS QUE CORRESPONDEN A EJERCICIOS FUTUROS COMO CONSECUENCIA DEL COBRO ANTICIPADO DE CUOTAS Y ABONOS.

FIGURARA EN EL PASIVO DEL BALANCE.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE ABONARA AL FINAL DEL EJERCICIO POR EL IMPORTE DE LOS CITADOS INGRESOS, CON CARGO A LAS CUENTAS DEL GRUPO 7 EN QUE SE HUBIEREN REGISTRADO LOS MISMOS.

B) SE CARGARA EN EL EJERCICIO EN QUE DEBAN APLICARSE LOS INGRESOS, CON ABONO A CUENTAS DEL GRUPO 7.

GRUPO 5 CUENTAS FINANCIERAS ACREEDORES Y DEUDORES A PLAZO CORTO POR OPERACIONES AJENAS AL TRAFICO Y MEDIOS LIQUIDOS DISPONIBLES.

55.

OTRAS CUENTAS NO BANCARIAS.

556. DIFERENCIAS DE VALORACION EN MONEDA EXTRANJERA. ( ) ESTA CUENTA SE DESTINA A REGISTRAR LAS DIFERENCIAS NEGATIVAS QUE SE PRODUZCAN POR APLICACION DE LOS PARRAFOS 1 Y 3 DEL APARTADO 2. MONEDA EXTRANJERA, DE LOS CRITERIOS VALORATIVOS CONTENIDOS EN LA IV PARTE DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

GENERALMENTE SE CARGARA POR EL IMPORTE DE LAS DIFERENCIAS NEGATIVAS INDICADAS EN EL MOMENTO EN QUE SE PRODUZCAN Y SE ABONARA AL FINAL DEL EJERCICIO:

A) POR LA PARTE QUE RAZONABLEMENTE EL CLUB CONSIDERE QUE DEBE ATRIBUIRSE AL MISMO EJERCICIO EN QUE SE PRODUJERON LAS REFERIDAS DIFERENCIAS, CON CARGO A LA CUENTA 628.

B) POR EL SALDO QUE QUEDE PENDIENTE CUANDO EL CLUB OPTE POR SU AMORTIZACION EN EJERCICIOS POSTERIORES, CON CARGO A LA CUENTA 278.

NORMALMENTE LA CUENTA 556, NO FIGURARA EN EL BALANCE.

NOTAS:

1. SI EN EL MOMENTO DE PRODUCIRSE LAS DIFERENCIAS NEGATIVAS ACABADAS DE EXPONER, EL CLUB DECIDIERA LA AMORTIZACION DE LAS MISMAS TOTAL O PARCIAL EN EJERCICIOS POSTERIORES, NO SERA NECESARIO ABRIR LA CUENTA 556. EN TAL CASO, SE UTILIZARAN DIRECTAMENTE LAS CUENTAS 278 Y 628.

2. EN EL CASO DE DIFERENCIAS POSITIVAS PRODUCIDAS POR EL MISMO MOTIVO INDICADO EN LA CUENTA ANTERIOR, SE ABRIRA LA 557 DIFERENCIAS DE VALORACION EN MONEDA EXTRANJERA . EN TAL CASO, Y PARA ESTABLECER LA NECESARIA DISTINCION SE AÑADIRAN LOS TERMINOS <NEGATIVAS> A LA 556, Y <POSITIVAS> A LA 557.

EL MOVIMIENTO INICIAL DE LA CUENTA 557, ES INVERSO AL DE LA 556, COMO SE DESPRENDE DEL DIFERENTE CONTENIDO DE UNA Y OTRA.

EL CLUB PODRA OPTAR POR CONSERVAR EL SALDO DE LA CUENTA 557, HASTA EL VENCIMIENTO DE LOS DEBITOS Y CREDITOS A QUE CORRESPONDA.

GRUPO 6 COMPRAS Y GASTOS POR NATURALEZA APROVISIONAMIENTOS DE EXISTENCIAS ADQUIRIDAS EN GENERAL PARA USO Y CONSUMO POR LA MERA ACTIVIDAD DEPORTIVA (MATERIAL DEPORTIVO, MEDICAMENTOS....) O QUE PUEDEN SER DESTINADAS A LA VENTA SIN ALTERAR SU FORMA Y SUSTANCIA (MATERIAL DE PROPAGANDA).

COMPRENDE TAMBIEN, CLASIFICADOS POR NATURALEZA, LOS DEMAS GASTOS CONSIDERADOS COMO DE LA EXPLOTACION.

NOTA. EN GENERAL, TODAS LAS CUENTAS DEL GRUPO 6 SE ABONAN AL CIERRE DEL EJERCICIO, CON CARGO A LA CUENTA 800 EXPLOTACION ; POR ELLO, AL EXPONER EL JUEGO DE LAS SUCESIVAS DEL GRUPO SOLO SE HARA REFERENCIA AL CARGO. EN LAS EXCEPCIONES SE CITARAN LOS MOTIVOS DE ABONO Y CUENTA DE CONTRAPARTIDA.

EN LOS ASIENTOS EN LAS 600/604 SE TENDRAN EN LAS SIGUIENTES REGLAS:

PRIMERA. LOS GASTOS DE LAS COMPRAS, CON EXCEPCION DE LOS TRANSPORTES, SE CARGARAN EN LA RESPECTIVA CUENTA DE COMPRAS.

SEGUNDA. LOS DESCUENTOS, BONIFICACIONES Y REBAJAS EN LA PROPIA FACTURA SE CONSIDERAN COMO MENOR IMPORTE DE LA COMPRA; ESTE CRITERIO SE APLICARA TAMBIEN A LAS REBAJAS POSTERIORES A LA RECEPCION DE LA FACTURA ORIGINADAS POR DEFECTOS DE CALIDAD, INCUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS DE ENTREGA U OTRAS CAUSAS ANALOGAS A LAS CITADAS.

TERCERA. LOS DESCUENTOS, BONIFICACIONES Y REBAJAS QUE LE SEAN CONCEDIDOS AL CLUB POR PRONTO PAGO Y FUERA DE FACTURA SE CONSIDERAN INGRESOS

FINANCIEROS, CONTABILIZANDOSE EN LA 746 -DESCUENTOS SOBRE COMPRAS POR PRONTO PAGO-.

CUARTA. LOS DESCUENTOS, BONIFICACIONES Y REBAJAS NO INCLUIDOS EN LAS REGLAS SEGUNDA Y TERCERA, Y EN ESPECIAL CUANDO SE BASEN EN HABER ALCANZADO UN DETERMINADO VOLUMEN DE PEDIDOS, FIGURARAN EN LA CUENTA 609 <RAPPELS> POR COMPRAS.

61.

GASTOS DE PERSONAL.

610. SUELDOS Y SALARIOS, PLANTILLA DEPORTIVA (FUTBOL). ( ) 611. SUELDOS Y SALARIOS, PLANTILLA DE OTRAS SECCIONES DEPORTIVAS. ( ) 615. SUELDOS Y SALARIOS DEL PERSONAL NO DEPORTIVO. ( ) 616. TRANSPORTE DEL PERSONAL NO DEPORTIVO. ( ) 610. SUELDOS Y SALARIOS, PLANTILLA DEPORTIVA (FUTBOL). ( ) REMUNERACIONES FIJAS, GASTOS DE VIAJE, PRIMAS POR PARTIDOS Y PRIMAS ANUALES, DIETAS, INCENTIVOS, ETC. DE LOS JUGADORES Y TECNICOS QUE COMPONEN LOS EQUIPOS DE FUTBOL DEL CLUB.

611. SUELDOS Y SALARIOS, PLANTILLA DE OTRAS SECCIONES DEPORTIVAS. ( ) REMUNERACIONES, GASTOS DE VIAJE, PRIMAS POR PARTIDOS Y PRIMAS ANUALES, DIETAS INCENTIVOS, ETC. DE LOS JUGADORES Y TECNICOS QUE COMPONEN LOS EQUIPOS DE LAS DISTINTAS SECCIONES DEPORTIVAS DEL CLUB (EXCLUIDO EL FUTBOL). SE DESARROLLARA ESTA CUENTA EN LAS DE CUATRO CIFRAS NECESARIAS PARA DIFERENCIAR LAS DISTINTAS SECCIONES DEPORTIVAS (BALONCESTO, BALONMANO, ETC.) 615. SUELDOS Y SALARIOS DE PERSONAL NO DEPORTIVO. ( ) REMUNERACIONES FIJAS O EVENTUALES, GASTOS DE VIAJE, DIETAS, ETC., DEL PERSONAL NO DEPORTIVO (DIRECTIVOS, ADMINISTRATIVOS, OTROS TRABAJADORES).

616. TRANSPORTE DEL PERSONAL NO DEPORTIVO. ( ) GASTOS DEL TRASLADO DEL PERSONAL NO DEPORTIVO A SU CENTRO O LUGAR DE TRABAJO. EN ESTA CUENTA NO SE INCLUIRAN LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO COMPRENDIDOS EN EL SUBGRUPO 65.

62.

GASTOS FINANCIEROS.

628.

DIFERENCIAS NEGATIVAS EN MONEDA EXTRANJERA. ( ) EL CONTENIDO DE ESTA CUENTA Y SU MOVIMIENTO ESTAN PARCIALMENTE INDICADOS EN LA CUENTA 556.

ADEMAS, LA CUENTA 628 SE CARGARA EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL PARRAFO 2, DEL APARTADO 2, MONEDA EXTRANJERA, DE LOS CRITERIOS VALORATIVOS CONTENIDOS EN LA IV PARTE DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

64.

TRABAJOS, SUMINISTROS Y SERVICIOS EXTERIORES.

647.

DERECHOS DE ARBITRAJE. ( )648.

GASTOS DE ADQUISICION DE JUGADORES. ( ) 647.

DERECHOS DE ARBITRAJE. ( ) CANTIDADES SATISFECHAS A LOS ARBITROS, YA SEA CON MOTIVO DE LAS COMPETICIONES OFICIALES, TROFEOS VERANIEGOS, GIRAS, ETC., POR SU PARTICIPACION EN LAS DISTINTAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS.

648.

GASTOS DE ADQUISICION DE JUGADORES. ( ) IMPORTE DE LOS GASTOS REALIZADOS COMO CONSECUENCIA DE LAS GESTIONES NECESARIAS PARA LA ADQUISICION DE LOS SERVICIOS DE UN DETERMINADO JUGADOR.

65.

DESPLAZAMIENTOS.

( )650.

DESPLAZAMIENTOS, EQUIPOS DE FUTBOL. ( ) 651.

DESPLAZAMIENTOS, EQUIPOS DE BALONCESTO. ( ) 652.

DESPLAZAMIENTOS, EQUIPOS DE BALONMANO. ( ) 650 652.

DESPLAZAMIENTOS..... ( ) GASTOS DE TRANSPORTE, ESTANCIA EN HOTELES Y DEMAS GASTOS OCASIONADOS COMO CONSECUENCIA DE LOS DESPLAZAMIENTOS DE LAS PLANTILLAS DEPORTIVAS PARA REALIZAR CONCENTRACIONES, JUGAR PARTIDOS, ETCETERA.

EN ESTA CUENTA SE CONTABILIZARA LA TOTALIDAD DE LOS GASTOS OCASIONADOS POR TODOS LOS COMPONENTES DE LA EXPEDICION (JUGADORES, TECNICOS, DIRECTIVOS....) 67 SUBVENCIONES A OTROS CLUBES.

( )670 SUBVENCIONES A CLUBES FILIALES. ( )675.

SUBVENCIONES A OTROS CLUBES. ( ) 670.

SUBVENCIONES A CLUBES FILIALES. ( ) SUBVENCIONES A CLUBES QUE TIENEN PERSONALIDAD JURIDICA INDEPENDIENTE DEL QUE LA CONCEDE, Y CON EL QUE EXISTE UN CONTRATO DE FILIALIDAD.

675.

SUBVENCIONES A OTROS CLUBES. ( ) IMPORTE DE LAS CONCEDIDAS A OTROS CLUBES.

68.

DOTACIONES DEL EJERCICIO PARA AMORTIZACION.

681.

AMORTIZACION DEL INMOVILIZADO INMATERIAL.

6814.

DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES. ( ) CUANTIA DE LA DEPRECIACION ANUAL SUFRIDA POR LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES.

ASIMISMO, ESTA CUENTA RECOGERA LOS CARGOS QUE DEBAN EFECTUARSE, EN LA CUANTIA QUE PROCEDA, EN LOS CASOS DE TRASPASO DE JUGADORES.

SE CARGARA SIEMPRE CON ABONO A LA CUENTA 2814.

GRUPO 7 VENTAS E INGRESOS POR NATURALEZA ENAJENACION DE BIENES, INGRESOS POR CESIONES Y TRASPASOS Y PRESTACION DE SERVICIOS QUE SON OBJETO DE TRAFICO DEL CLUB. COMPRENDE TAMBIEN CLASIFICADOS POR NATURALEZA LOS DEMAS INGRESOS CONSIDERADOS COMO DE LA EXPLOTACION (FOMENTO Y PRACTICA DE LA ACTIVIDAD FISICA Y DEPORTIVA).

70.

INGRESOS POR COMPETICIONES DEPORTIVAS.

( )700.

INGRESOS DE LIGA. ( ) 701.

INGRESOS DE COPA. ( ) 702.

INGRESOS POR COMPETICIONES INTERNACIONALES. ( ) 703.

INGRESOS POR PARTICIPACIONES EN TROFEOS. ( ) 704.

INGRESOS DE PARTIDOS AMISTOSOS. ( ) 705.

INGRESOS DE GIRAS EN EL EXTRANJERO. ( ) 706.

INGRESOS DE PARTIDOS PRETEMPORADA. ( ) 700/706.

INGRESOS.... ( ) COMPRENDEN LOS INGRESOS PERCIBIDOS POR LAS DISTINTAS COMPETICIONES EN LAS QUE PARTICIPA EL CLUB COMO CONSECUENCIA DEL DESARROLLO DE SU ACTIVIDAD, CON MOTIVO DE LA CELEBRACION DE PARTIDOS, EXCLUIDOS LOS DEL SUBGRUPO 71.

LAS CUENTAS DEL SUBGRUPO 70 SE ADAPTARAN POR LOS CLUBES A LAS CARACTERISTICAS DE LAS ACTIVIDADES QUE REALICEN, CON LA DENOMINACION ESPECIFICA QUE A ESTAS CORRESPONDEN.

SU MOVIMIENTO ES EL SIGUIENTE:

A) SE ABONARAN POR EL IMPORTE DE LOS DISTINTOS INGRESOS, CON CARGO NORMALMENTE A CUENTAS DEL SUBGRUPO 57.

B) SE CARGARAN CON ABONO A LA 800 -EXPLOTACION-, POR EL SALDO AL CIERRE DEL EJERCICIO.

NOTA: EN GENERAL TODAS LAS CUENTAS DEL GRUPO 7 SE CARGARAN AL CIERRE DEL EJERCICIO CON ABONO A LA CUENTA 800 -EXPLOTACION-, POR ELLO AL EXPONER EL JUEGO DE LAS SUCESIVAS DEL GRUPO S QLO SE HAR AREFERENCIA AL ABONO. EN LAS EXCEPCIONES SE CITAR CN LOS MOTIVOS DE CARGO Y CUENTAS DE CONTRAPARTIDA.

71.

INGRESOS POR SOCIOS Y ABONADOS.

( ) 710.

INGRESOS DE SOCIOS POR CUOTAS FRACCIONADAS. ( ) 711.

INGRESOS DE SOCIOS POR CUOTAS ANUALES. ( )712.

INGRESOS DE ABONADOS. ( ) 713.

INGRESOS DE CARNES. ( )719.

OTROS INGRESOS. ( ) 710 719. INGRESOS DE..... ( ) COMPRENDE LA TOTALIDAD DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS EN EL EJERCICIO POR LAS CUOTAS SOCIALES Y POR LOS ABONOS QUE NO LO SEAN EN CONCEPTO DE CUOTA DE ENTRADA (O SIMILAR).

EL MOVIMIENTO EN ESTAS CUENTAS ES EL SIGUIENTE: A) SE ABONARAN:

A 1 ) POR EL IMPORTE TOTAL DE LOS INGRESOS, CON CARGO A CUENTAS DE LOS SUBGRUPOS 4 O 5.

A 2 ) POR EL IMPORTE TOTAL DE LOS INGRESOS QUE DEBAN APLICARSE AL EJERCICIO, CON CARGO A LA CUENTA 487 -ANTICIPOS POR INGRESOS DE SOCIOS Y ABONADOS-.

B) SE CARGARAN AL FINAL DEL EJERCICIO:

A 1 ) POR EL IMPORTE DE LOS INGRESOS QUE DEBEN APLICARSE A LOS EJERCICIOS FUTUROS, CON ABONO A LA CUENTA 487.

B 2 ) EN GENERAL CON ABONO A LA CUENTA 800 -EXPLOTACION-.

72.

INGRESOS POR TRASPASOS Y CESIONES DE JUGADORES.

( ) 720.

INGRESOS POR TRASPASO. ( )721.

INGRESOS POR CESIONES. ( ) 720/721. INGRESOS POR ..... ( ) ESTAS CUENTAS COMPRENDEN LOS INGRESOS POR LOS DERECHOS DE TRASPASO Y CESIONES DE JUGADORES DEL CLUB.

EL MOVIMIENTO DE ESTAS CUENTAS ES EL SIGUIENTE:

SE ABONARAN POR EL IMPORTE QUE RESULTE DE LA TRANSACCION CON CARGO A LAS CUENTAS QUE PROCEDAN DE LOS GRUPOS 4 O 5.

73.

INGRESOS ACCESORIOS DE LA EXPLOTACION.

730.

DERECHOS POR RETRANSMISIONES. ( ) 732.

PARTICIPACION EN APUESTAS MUTUAS DEPORTIVAS BENEFICAS. ( ) 733.

INGRESOS POR ARRENDAMIENTOS. ( )734.

INGRESOS DE PUBLICIDAD. ( ) 738.

OTROS INGRESOS. ( ) INGRESOS OBTENIDOS POR EL CLUB, DISTINTOS DE LOS QUE CONSTITUYEN SU ACTIVIDAD PRINCIPAL, EXCLUIDOS LOS COMPRENDIDOS EN EL SUBGRUPO 74.

EL MOVIMIENTO DE ESTAS CUENTAS ES EL SIGUIENTE:

SE ABONARAN POR EL IMPORTE DE LOS INGRESOS, CON CARGO A CUENTAS DE LOS GRUPOS 4 O 5 QUE CORRESPONDAN.

730.

DERECHOS POR RETRANSMISIONES. ( ) ESTA CUENTA COMPRENDE LOS DERECHOS QUE PUEDAN OBTENERSE DE LAS RETRANSMISIONES DURANTE EL EJERCICIO POR DISTINTAS CAUSAS (CELEBRACION DE PARTIDOS, PROGRAMAS EPECIALES, ETC.) 732.

PARTICIPACI O EN APUESTAS MUTUAS DEPORTIVAS BENEFICAS. ( ) ESTA CUENTA COMPRENDE LOS DERECHOS QUE CORRESPONDEN A CADA CLUB POR SU PARTICIPACION EN LA RECAUDACION DE LAS APUESTAS MUTUAS DEPORTIVAS BENEFICAS.

733.

INGRESOS POR ARRENDAMIENTOS. ( ) ESTA CUENTA COMPRENDE LOS INGRESOS QUE SE OBTIENEN POR EL ARRENDAMIENTO DE BIENES PERTENECIENTES AL CLUB.

734.

INGRESOS POR PUBLICIDAD. ( ) ESTA CUENTA COMPRENDE LOS INGRESOS QUE SE OBTIENEN POR EL CLUB PROCEDENTES DE LA PUBLICIDAD, YA SEA ESTATICA O DINAMICA.

738.

OTROS INGRESOS. ( ) ESTAS CUENTAS COMPRENDEN LOS INGRESOS QUE SE OBTIENEN PROCEDENTES DEL BINGO, RIFAS, APARCAMIENTOS, ETC.

74.

INGRESOS FINANCIEROS.

748.

DIFERENCIAS POSITIVAS EN MONEDA EXTRANJERA. ( ) SU CONTENIDO Y MOVIMIENTO ESTAN PARCIALMENTE INDICADOS EN LA NOTA 2 DE LA CUENTA 556.

ADEMAS, LA CUENTA 748 SE ABONARA EN LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL PARRAFO 2, DEL APARTADO. MONEDA EXTRANJERA, DE LOS CRITERIOS VALORATIVOS CONTENIDOS EN LA IV PARTE DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

GRUPO 0 CUENTAS DE ORDEN Y ESPECIALES COMPRENDE, TAL Y COMO INDICA EL TITULO, LAS DE ORDEN Y ESPECIALES; ESTAS ULTIMAS SE DESTINAN A CONTABILIZAR CIERTOS HECHOS, SITUACIONES O CIRCUNSTANCIAS QUE DE SUYO NO ALTERAN LA EXPRESION CONTABLE DEL PATRIMONIO DEL CLUB NI MODIFICAN LA SITUACION FINANCIERA DEL MISMO. SE CITAN, A TITULO INDICATIVO, VALORES RECIBIDOS O ENTREGADOS EN GARANTIA, EFECTOS CEDIDOS EN GESTION DE COBRO, AVALES RECIBIDOS U OTORGADOS, VALORES EN GARANTIA DE PRESTAMOS BANCARIOS, CREDITOS Y OPCIONES DE CUALQUIER TIPO OBTENIDOS O CONCEDIDOS, DEPOSITO BANCARIO DE VALORES, <RIESGO> POR DESCUENTO DE EFECTOS COMERCIALES, ETCETERA.

03.

AVALES RECIBIDOS EN GARANTIA.

( )030.

AVALES RECIBIDOS. ( ) ..........

035.

AVALISTAS. ( ) 030.

AVALES RECIBIDOS. ( ) AVALES RECIBIDOS COMO GARANTIA DEL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION.

SU MOVIMIENTO ES ANALOGO AL DE LAS CUENTAS 000/002.

035.

AVALISTAS. ( ) CONTRAPARTIDA DE LA 030.

SU MOVIMIENTO ES ANALOGO AL DE LAS CUENTAS 005/007.

04.

AVALES CONCEDIDOS EN GARANTIA.

( )040.

AVALADOS. ( ) ..........

045.

AVALES CONCEDIDOS. ( ) 040.

AVALADOS. ( ) GARANTIAS DADAS POR EL CLUB Y RESPALDADAS POR ENTREGA DE AVALES.

SU MOVIMIENTO ES ANALOGO AL DE LAS CUENTAS 010/011 045.

AVALES CONCEDIDOS. ( ) CONTRAPARTIDA DE LA 040.

SU MOVIMIENTO ES ANALOGO AL DE LAS CUENTAS 015/016.

08.

CREDITOS: SALDOS PENDIENTES DE DISPOSICION. () 080.

CREDITOS, SALDOS PENDIENTES DE DISPOSICION. ( ) ..........

085.

CONTRAPARTIDA DE CREDITOS, SALDOS PENDIENTES DE DISPOSICION. ( ) REFLEJAN EL IMPORTE DE CREDITOS CONCEDIDOS AL CLUB Y PENDIENTES DE DISPOSICION POR ESTE.

NOTA.-LOS DEMAS CONCEPTOS QUE FIGURAN O PUDIERAN FIGURAR EN LA DEFINICION DEL GRUPO 0 SE REGISTRARAN, SI EL CLUB LO DESEA, CON LA SISTEMATICA SEGUIDA PARA LOS SUBGRUPOS PRECEDENTES.

TERCERA PARTE CUENTAS ANUALES INSTRUCCIONES PARA LA REDACCION DEL BALANCE I. LAS CUENTAS ANUALES COMPRENDEN: EL BALANCE Y SU ANEXO; LOS ESTADOS DE EXPLOTACION, DE RESULTADOS EXTRAORDINARIOS, DE RESULTADOS DE LA CARTERA DE VALORES Y DE PERDIDAS Y GANANCIAS.

II. TODOS LOS DOCUMENTOS CITADOS SE AJUSTARAN A LOS MODELOS INCORPORADOS A LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION.

III. CUANDO EN CUMPLIMIENTO DE LO PRECEPTUADO EN DISPOSICIONES LEGALES DE CARACTER FISCAL LOS CLUBES VINIERAN OBLIGADOS A INCLUIR EN SU BALANCE DETERMINADAS CUENTAS REPRESENTATIVAS DE SITUACIONES ESPECIFICAS, APLICARAN, EN CUANTO SEA POSIBLE, EL CRITERIO CONTENIDO SOBRE ESTE PARTICULAR EN LA INTRODUCCION DE LAS PRESENTES NORMAS DE ADAPTACION.

EN TODO CASO, LOS CLUBES EXPONDRAN EN EL ANEXO UN SUCINTO INFORME SOBRE CUALESQUIERA BENEFICIOS FISCALES QUE HUBIEREN DISFRUTADO EN EL EJERCICIO Y SUS MOTIVACIONES.

IV. EL MISMO CRITERIO SE OBSERVARA EN EL SUPUESTO DE QUE LA OBLIGACION DE INCLUIR UNA DETERMINADA CUENTA EN EL BALANCE VENGA IMPUESTA POR OTRA DISPOSICION LEGAL, AUNQUE NO REGULE MATERIAS FISCALES.

V. EN EL ANEXO SE COMENTARAN SUCINTAMENTE EL BALANCE Y LOS DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS CON OBJETO DE FACILITAR AL MAXIMO SU CORRECTA INTERPRETACION, DE MODO QUE PERMITA OBTENER LA IMAGEN FIEL DEL PATRIMONIO, DE LA SITUACION FINANCIERA Y DE LOS RESULTADOS DE LOS CLUBES.

VI. NECESARIAMENTE DEBERA INCLUIRSE EN EL ANEXO LA INFORMACION QUE SEGUIDAMENTE SE ESPECIFICA, DE PRODUCIRSE DURANTE EL EJERCICIO LOS SUPUESTOS A QUE AQUELLA SE REFIERE:

A) SE INCLUIRA UNA BREVE EXPLICACION DE LAS REGLAS ADOPTADAS SEGUN LOS CRITERIOS EXPUESTOS EN LA CUARTA PARTE DEL PLAN-, PARA LA VALORACION DE LAS DIVERSAS PARTIDAS DEL BALANCE, Y EN EL SUPUESTO DE QUE NO FUERAN LAS MISMAS, QUE SE APLICARON EN EL EJERCICIO INMEDIATO ANTERIOR, SE RAZONARAN CUMPLIDAMENTE LOS FUNDAMENTOS DE TAL MODIFICACION.

EN PARTICULAR SE INDICARA CON CLARIDAD LOS CRITERIOS DE AMORTIZACION DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES, QUE SE HAN SEGUIDO POR EL CLUB CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL APARTADO 1 DE LA CUARTA PARTE DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

B) SI DENTRO DEL EJERCICIO SE CONTABILIZAN PLUSVALIAS DE ELEMENTOS DEL ACTIVO SE INDICARAN LAS CUENTAS A LAS QUE HAN AFECTADO, LOS RESPECTIVOS INFORMES, Y LOS MOTIVOS QUE SE HAN CONSIDERADO PARA LLEVAR A EFECTO LA OPERACION.

C) SI EL CLUB PARTICIPA DIRECTAMENTE, POR CUALQUIER TITULO, EN EL CAPITAL DE OTRAS EMPRESAS EN PORCENTAJE IGUAL O SUPERIOR AL 25 POR 100 DEL CAPITAL DE CADA UNA DE ELLAS, INCLUIRA RELACION DE LAS MISMAS, INDICANDO SUS DOMICILIOS, ACTIVIDADES QUE EJERCEN, CAPITAL, LOS RESPECTIVOS PORCENTAJES DE PARTICIPACION Y EL VALOR TEORICO DE LAS ACCIONES RESULTANTES DEL ULTIMO BALANCE QUE LA SOCIEDAD EMISORA TENGA APROBADO POR SU ORGANO COMPETENTE.

VII. EN PARTICULAR, SE INCLUIRA EN EL ANEXO LA INFORMACION QUE A CONTINUACION SE INDICA, REFERENTE A LAS CUENTAS QUE SE EXPRESAN, SIEMPRE QUE ESTAS LUZCAN EN EL BALANCE:

CUARTA PARTE CRITERIOS DE VALORACION EN ESTA PARTE SE INCLUYEN SOLO LOS ESPECIFICOS DE ESTAS NORMAS DE ADAPTACION.

EN GENERAL, LOS PRINCIPIOS DE VALORACION Y LOS CRITERIOS VALORATIVOS APLICABLES A LAS DISTINTAS CLASES DE BIENES SERAN LOS ESTABLECIDOS EN EL PLAN GENERAL DE CONTABILIDAD.

EN PARTICULAR, SE TENDRAN EN CUENTA LAS SIGUIENTES NORMAS:

1.

VALORACION DE LOS DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES.

SE ENTIENDE POR DERECHOS DE ADQUISICION DE JUGADORES EL IMPORTE DEVENGADO POR LA ADQUISICION DEL SERVICIO DE UN DETERMINADO JUGADOR (NACIONAL O EXTRANJERO) PROCEDENTE DE OTRO CLUB.

EN DICHO IMPORTE SE INCLUIRAN LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS CON EL CLUB DE PROCEDENCIA DEL JUGADOR, CON OTROS ORGANISMOS DEPORTIVOS Y CON EL PROPIO JUGADOR, POR LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDAN.

ESTE IMPORTE ES INDEPENDIENTE DEL CONTRATO QUE PUEDE FIRMARSE ENTRE EL CLUB Y EL JUGADOR POR LA PRESTACION DE SUS SERVICIOS.

EL CRITERIO DE AMORTIZACION ES EL SIGUIENTE:

LOS DERECHOS DE ADQUISICION SE AMORTIZARAN EN FUNCION DEL TIEMPO DE DURACION ESTABLECIDO EN CADA CONTRATO.

TAMBIEN DEBERAN CONTABILIZAR LA DEPRECIACION EXTRAORDINARIA EN CASO DE QUE EL JUGADOR CAUSE BAJA EN EL CLUB, CUALQUIERA QUE SEA SU CAUSA, POR EL IMPORTE QUE PROCEDA AMORTIZAR Y CUYO RIESGO NO ESTE PREVISTO EN LA CUENTA 120.

2.

MONEDA EXTRANJERA.

1) LAS DEUDAS EN MONEDA EXTRANJERA A FAVOR DE TERCEROS DEBEN VALORARSE AL TIPO DE CAMBIO VIGENTE EN EL MERCADO EN EL MOMENTO EN QUE SE PERFECCIONE EL CONTRATO. DE ALTERARSE LA PARIDAD MONETARIA, EL CONTRAVALOR DE LA DEUDA SE CALCULARA AL FINAL DEL EJERCICIO EN QUE LA MODIFICACION SE HAYA PRODUCIDO, APLICANDO EL NUEVO CAMBIO RESULTANTE DE LA MISMA. DE IDENTICO MODO SE PROCEDERA EN EL CASO DE VARIACIONES SUSTANCIALES EN EL TIPO DE CAMBIO.

2) NO OBSTANTE, LAS DIFERENCIAS POSITIVAS O NEGATIVAS QUE PUDIERAN SURGIR POR RAZONES UNICAMENTE DE LAS VARIACIONES DE COTIZACION EN EL MERCADO, CUANDO POR SU CUANTIA NO DEBAN CONSIDERARSE RAZONABLEMENTE COMO SUSTANCIALES, PODRAN TENERSE EN CUENTA, BIEN AL FINAL DE CADA EJERCICIO O BIEN CUANDO SE CANCELE LA DEUDA.

3) SE APLICARAN LAS MISMAS NORMAS CON RESPECTO A LOS CREDITOS CON TERCEROS A COBRAR EN MONEDA EXTRANJERA.

4) LA MONEDA EXTRANJERA QUE PUEDA TENER LA EMPRESA, DE ACUERDO CON LA LEGISLACION VIGENTE, SERA VALORADA AL PRECIO DE ADQUISICION O SEGUN LA COTIZACION EN EL MERCADO, SI DE ESTA RESULTARE UN IMPORTE MENOR.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/05/1986
  • Fecha de publicación: 07/06/1986
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 172 de 19 de julio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-19340).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre normas de Adaptación: Orden de 12 de junio de 1986 (Ref. BOE-A-1986-17302).
Referencias anteriores
Materias
  • Contabilidad
  • Deporte
  • Fútbol

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