Padecido error en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 99, de fecha 25 de abril de 1986, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 14728, primera columna, artículo 7.1, segunda línea, donde dice: «siete de la Ley 310/1985, de 2 de agosto, el saldo medio en cuentas», debe decir: «siete de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, el saldo medio en cuentas».
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