De orden delegada por el excelentísimo señor Ministro, se publica para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos el fallo de la sentencia dictada con fecha 1 de octubre de 1985, por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo, números 306.346, 306.359 y 306.700, acumulados, promovido por Coordinadora Estatal de Estibadores Portuarios, representada por el Procurador don José Granados Weil, y "Naviera del Atlántico, Sociedad Anónima", representada por el Procurador don Adolfo Morales Vilanova, contra el Real Decreto 2302/1980, de 24 de octubre, sobre regulación de actividades laborales y empresariales en los puertos de interés general, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
"Fallamos: Que rechazando la inadmisibilidad propuesta y estimando los tres recursos contencio-administrativos, promovidos dos de ellos por la representación legal de la Coordinadora Estatal de Estibadores Portuarios y la tercera por el representante legal de la Compañía "Naviera del Atlántico, Sociedad Anónima", declaramos la nulidad del Real Decreto 2302/1980, de 24 de octubre, y de la Orden del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social de 16 de junio de 1981, dictada para aplicación del expresado Real Decreto, por no ser conformes a derecho, debiendo reponerse el expediente tramitado para la elaboración del mismo Real Decreto al estado procesal que permita realizar la preceptiva consulta a la Comisión permanente del Consejo de Estado, y no se hace imposición de costas."
Madrid, 23 de mayo de 1986.- El Subsecretario, Francisco Javier Díe Lamana
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