EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 7 DE MAYO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 440/1986, PROMOVIDO POR EL DEFENSOR DEL PUEBLO CONTRA EL INCISO <CON PREFERENCIA DE QUIENES OSTENTEN LA CONDICION DE MAS REPRESENTATIVOS CON ARREGLO A LO DISPUESTO EN LA LEY ORGANICA 11/1985, DE LIBERTAD SINDICAL, Y EL RESTO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO>, CONTENIDO EN EL ARTICULO 3, PARRAFO PRIMERO, DE LA LEY 4/1986, DE 8 DE ENERO, DE CESION DE BIENES DEL PATRIMONIO SINDICAL ACUMULADO, Y CONTRA EL ARTICULO 5.2 DE LA CITADA LEY.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 7 DE MAYO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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