EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 7 DE MAYO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 462/1986, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, POR POSIBLE INCONSTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 13.1 DE LA LEY 24/1983, DE 21 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE SANEAMIENTO Y REGULACION DE LAS HACIENDAS LOCALES, POR PODER INFRINGIR EL ARTICULO 31.3 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 7 DE MAYO DE 1986. EL SECRETARIO DE JUSTICIA. FIRMADO Y RUBRICADO.
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