EL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Cataluña ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 33.2 del Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente
Ley de habilitación de créditos en el presupuesto vigente por un importe de 20.000.000.000 de pesetas, destinados a operaciones de inversión
La Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas establece que si el 1 de enero no está aprobado el Presupuesto se considerarán prorrogados automáticamente los créditos iniciales consignados en el Presupuesto del año anterior que no se refieran a servicios o programas que hayan finalizado durante dicho ejercicio. Dicha situación presupuestaria, prevista en las leyes, se ha producido en el ejercicio de 1986.
La limitación impuesta por la Ley en los créditos que son objeto de prórroga afecta especialmente a los destinados a operaciones de inversión, tanto porque en gran medida no son recurrentes, como porque en el ejercicio presupuestario de origen se financiaban con el producto del endeudamiento autorizado por el Parlamento. Por tanto, y con el fin de asegurar un nivel adecuado de actuaciones inversoras hasta la aprobación de los presupuestos definitivos para 1986, es preciso habilitar créditos destinados a operaciones de inversión y autorizar la formalización de operaciones de endeudamiento por un plazo superior a un año.
Artículo 1. Se habilitan en el Presupuesto de la Generalidad de Cataluña, de sus Entidades autónomas de las Entidades gestoras de la Seguridad Social para 1985, prorrogado para 1986, créditos presupuestarios por un importe de 20.000.000.000 de pesetas, destinados a operaciones de inversión, de conformidad con el detalle que figura en el anexo a la presente Ley.
Art 2. Se autoriza al Consejo Ejecutivo para que, a propuesta del Consejo de Economía y Finanzas, emita deuda pública o concierte operaciones de crédito en el interior o en el exterior, hasta un importe máximo de 20.000.000.000 de pesetas, destinados a financiar las operaciones previstas en la presente Ley.
Art. 3. Los créditos habilitados en la presente Ley, así como la autorización de emisión de deuda pública u operaciones de crédito para su financiación, deberán incorporarse a la Ley de Presupuestos de la Generalidad de Cataluña, de sus Entidades autónomas y de las Entidades gestoras de la Seguridad Social para 1986.
DISPOSICION ADICIONAL
Se autoriza al Instituto Catalán de Finanzas para que, con cargo a la dotación inicial prevista en la disposición final primera de la Ley 2/1985 de 14 de enero, que regula dicho Instituto, conceda créditos hasta un límite de 800.000.000 de pesetas.
DISPOSICION FINAL
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña".
Por tanto ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen a su cumplimiento y que los Tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 6 de marzo de 1986.
JOSEP M. CULELL I NADAL,
Consejero de Economía y Finanzas.
JORDI PUJOL,
Presidente de la Generalidad de Cataluña
ANEXO A LA LEY DE HABILITACION DE CREDITOS EN EL PRESUPUESTO VIGENTE POR UN IMPORTE DE 20.000.000.000 DE PESETAS, DESTINADOS A OPERACIONES DE INVERSION
PRESUPUESTO DE LA GENERALIDAD
RESUMEN GENERAL POR CAPITULOS, ARTÍCULOS Y SERVICIOS-P.2
Departamento o Sección Generalidad de Cataluña
Presupuesto de gastos (pesetas)
(VER IMAGEN PÁGINA 17094)
Departamento o Sección Presidencia
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 02
(VER IMAGEN PÁGINA 17095)
Departamento o Sección Gobernación
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 04
(VER IMAGEN PÁGINA 17095)
Departamento o Sección Enseñanza
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 06
(VER IMAGEN PÁGINA 17096)
Departamento o Sección Cultural
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 07
(VER IMAGEN PÁGINA 17096)
Departamento o Sección Sanidad y Seguridad Social
Año (ILEGIBLE)
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 08
(VER IMAGEN PÁGINA 17097)
Departamento o Sección Política Territorial y Obras Públicas
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 09
(VER IMAGEN PÁGINA 17097)
Departamento o Sección Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 10
(VER IMAGEN PÁGINA 17098)
Departamento o Sección Trabajo
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 11
(VER IMAGEN PÁGINA 17098)
Departamento o Sección Justicia
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 12
(VER IMAGEN PÁGINA 17099)
Departamento o Sección Industria y Energía
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Numero orgánico 13
(VER IMAGEN PÁGINA 17099)
Departamento o Sección de Comercio, Consumo y Turismo
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 14
(VER IMAGEN PÁGINA 17100)
Departamento o Sección Instituto Catalán de Servicios a la Juventud
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 02.31
(VER IMAGEN PÁGINA 17100)
Departamento o Sección Junta de Residuos
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 09.32
(VER IMAGEN PÁGINA 17100)
Departamento o Sección: Instituto Catalán de la Viña y el Vino
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 10.31
(VER IMAGEN PÁGINA 17101)
Departamento o Sección: Instituto Catalán del Suelo
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 09.51
(VER IMAGEN PÁGINA 17101)
Departamento o Sección: Comissió de Ports de Catalunya
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 09.52
(VER IMAGEN PÁGINA 17101)
Departamento o Sección: Instituc Cartográfic de Catalunya
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 09.53
(VER IMAGEN PÁGINA 17101 a 17102)
Departamento o Sección: Instituto Catalán de la Salud
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 31.01
(VER IMAGEN PÁGINA 17102)
Departamento o Sección: Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales
Año 1986
Presupuesto de gastos (pesetas)
Número orgánico 41
(VER IMAGEN PÁGINA 17102)
Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Centro de Información y Desarrollo Empresariales (CIDEM)
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones
Presupuesto de inversiones
Aplicación concepto
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Ferrocarriles de la Generalidad de Cataluña
Presupuesto de inversiones para 1986
(En miles de pesetas)
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Ferrocarriles de Montaña de Grandes Pendientes, S. A.
Programa de actuaciones, inversión y financiación para 1986
(En miles de pesetas)
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
A. DIVISIÓN FERROCARRIL
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Correspondiente a la adquisición a SML, BBC y MIM de las tres automotrices dobles para el Ferrocarril Cremallera de Ribes de Fresser a Númer, según contrato firmado el 2 de enero de 1984.
B. DIVISIÓN NIEVE
(VER IMAGEN PÁGINA 17103)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid