LA RESOLUCION DE 2 DE JULIO DE 1985 DE LA DIRECCION GENERAL DE LA ENERGIA AMPLIO LOS PLAZOS PREVISTOS EN LA ORDEN DE 25 DE JUNIO DE 1984, PARA LA INSTALACION DE LOS EQUIPOS PRECISOS PARA LA MEDIDA Y REGISTRO DE EMISIONES DE CONTAMINANTES EN CENTRALES TERMICAS.
DADAS LAS ESPECIALES CARACTERISTICAS DE ESTOS EQUIPOS Y LA MULTITUD DE CIRCUNSTANCIAS CONCURRENTES EN CUANTO A TIPOS DE CENTRALES, DE REGIMENES DE FUNCIONAMIENTO Y DE COMBUSTIBLE, SE HA CONSIDERADO CONVENIENTE ESTABLECER UN PERIODO INICIAL DE PRUEBAS PARA PODER REALIZAR ADECUADAMENTE LA ADAPTACION, EL AJUSTE Y CALIBRADO DE LOS MENCIONADOS EQUIPOS. EN ESTE CONTEXTO, ESTA DIRECCION GENERAL HA RESUELTO:
1. CONCEDER UN PERIODO DE PRUEBAS DE SEIS MESES PRORROGABLES A PARTIR DE LA PUBLICACION DE ESTA RESOLUCION PARA REALIZAR LA ADAPTACION, AJUSTE Y CALIBRADO DE LAS INSTALACIONES PREVISTAS EN LOS PUNTOS 1. Y 2. DE LA ORDEN DE 25 DE JUNIO DE 1984, SOBRE INSTALACION EN CENTRALES TERMICAS DE EQUIPOS DE MEDIDA Y REGISTRO DE LA EMISION DE CONTAMINANTES A LA ATMOSFERA.
2. DENTRO DEL PERIODO DE PRUEBAS, Y DESDE EL MOMENTO QUE SE EMPIECE A OBTENER, LA INFORMACION SERA REMITIDA A LA DIRECCION GENERAL DE LA ENERGIA EN LA FORMA Y CON LA PERIODICIDAD QUE SE ESTABLECE EN EL ANEXO I.
3. SIN PERJUICIO DE LAS COMPETENCIAS QUE SOBRE MATERIA TENGAN OTROS ORGANISMOS, SE FACULTA A LA OFICINA DE COMPENSACIONES DE LA ENERGIA ELECTRICA, OFICO, PARA REALIZAR LA INSPECCION PERIODICA DE LOS EQUIPOS DE MEDIDA DE LAS EMISIONES CONTAMINANTES DE LAS CENTRALES TERMICAS, A CUYO EFECTO LAS EMPRESAS EXPLOTADORAS LE FACILITARAN TODA LA INFORMACION QUE PRECISE Y EL LIBRE ACCESO A SUS INSTALACIONES.
LO QUE COMUNICO A V. S.
MADRID, 17 DE ABRIL DE 1986. LA DIRECTORA GENERAL, CARMEN MESTRE VERGARA.
SRA. SUBDIRECTORA GENERAL DE ENERGIA ELECTRICA.
ANEXO I LA INFORMACION A REMITIR MENSUALMENTE A LA DIRECCION GENERAL DE LA ENERGIA, EN LOS DIEZ PRIMEROS DIAS DEL MES SIGUIENTE AL PERIODO QUE SE INFORMA, CONSISTIRA EN:
1. CONCENTRACIONES MEDIAS DIARIAS DE EMISION POR CHIMENEA DE SO 2 , NO X Y PARTICULAS EN MG M N NORMALIZADAS A UN CONTENIDO EN OXIGENO PREDETERMINADO. CUANDO LA MEDICION SE HAGA EN BASE HUMEDA SE DARAN, ADEMAS, CALCULADOS LOS VALORES EN BASE SECA.
ESTA INFORMACION SOBRE CONCENTRACIONES MEDIAS DIARIAS SE PRESENTARA DE ACUERDO CON LA TABLA 1.
2. LOS VALORES DE CONCENTRACIONES MEDIOHORARIAS DE CADA MES, NORMALIZADAS AL CONTENIDO EN OXIGENO PREDETERMINADO (VER TABLA 1), SE AGRUPARAN POR FRECUENCIAS ABSOLUTAS EN INTERVALOS DE TAMAÑO T EN LA TABLA 2.
3. ENERGIA EN BARRAS DE CENTRAL Y CANTIDADES TOTALES DE SO 2 , NO X Y PARTICULAS EMITIDAS DIARIAMENTE, Y POR KWH PRODUCIDO, CALCULADAS EN FUNCION DE LAS EMISIONES MEDIDAS. ESTA INFORMACION SE PRESENTARA DE ACUERDO CON LA TABLA 3.
4. LA CENTRAL CONSERVARA EL LISTADO DE LOS VALORES PROMEDIOS MEDIOHORARIOS MEDIDOS EN TIEMPO REAL, Y ORDENADOS POR CUANTIAS, Y ENVIARA AL FINAL DE CADA MES LOS N VALORES MEDIOHORARIOS MAS ALTOS, SIENDO N IGUAL AL 10 POR 100 DEL NUMERO DE PERIODOS INFORMADOS.
5. COMO ALTERNATIVA A LA INFORMACION QUE SE SOLICITA EN LOS APARTADOS PRECEDENTES, LAS INSTALACIONES PODRIAN ENVIAR EL CONJUNTO DE VALORES MEDIOHORARIOS DEL MES PARA TODOS LOS PARAMETROS EN UN SOPORTE MAGNETICO.
EN ESTE CASO LAS CARACTERISTICAS DE LOS SOPORTES, FORMATOS, ETC., DEBERAN SER ACORDADOS PREVIAMENTE CON ESTA DIRECCION GENERAL.
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