Ilmo. Sr.: En el expediente instruido a instancia del señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Pola sobre cambio de capitalidad del Registro de la Propiedad de Elche número 4 a la localidad de Santa Pola.
Resultando que fundamenta su pretensión en que, en virtud del Real Decreto 1141/1984, de 23 de mayo, se ha creado el Registro de la Propiedad de Elche número 4 por segregación del de Elche número 2, con capitalidad en Elche y cuya circunscripción territorial comprende únicamente el término municipal de Santa Pola; que esta localidad ha experimentado en los últimos años un gran crecimiento en el área de la construcción, lo que origina la expedición de un considerable número de escrituras, que deben ser presentadas en el Registro de la Propiedad de Elche y obliga a los interesados a desplazarse a Elche.
Resultando que instruido el expediente reglamentario, constan en el mismo informes razonados, unos en sentido favorable, de los Registradores de Elche número 1 y Elche número 2, el Notario de Santa Pola, tres Notarios de Elche y el Director general de Tributos; y otros en sentido desfavorable, del Alcalde de Elche y dos Notarios de esta localidad, así como del Colegio Nacional de Registradores de la Propiedad.
Resultando que el Consejo de Estado ha emitido dictamen en el sentido de que procede modificar la capitalidad y denominación del actual Registro de la Propiedad de Elche número 4, estableciéndolo en Santa Pola con dicha denominación y consiguiente creación de la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario;
Vistos los artículos 275 de la Ley Hipotecaria y 482 y 483 de su Reglamento, así como el Real Decreto 1141/1984, de 23 de mayo: y Orden de este Ministerio de 29 de junio siguiente;
Considerando que el artículo primero del Reglamento Hipotecario establece el principio de unidad de circunscripción territorial, capitalidad y denominación de los Registros de la Propiedad;
Considerando que se han cumplido los trámites establecidos en el artículo 483 en relación con el 482, ambos del Reglamento Hipotecario, y parece evidente que conviene al servicio público realizar el cambio de capitalidad propuesto;
Considerando que los informes que figuran en el expediente en su mayoría, son favorables al cambio de capitalidad de que se trata,
Este Ministerio, de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado, ha acordado:
Que el distrito Hipotecario de Elche número 4 pase a tener su capitalidad en Santa Pola con esta denominación y consiguiente creación de la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 26 de marzo de 1986.
LEDESMA BARTRET
Ilmo. Sr. Director general de los Registros y del Notariado.
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