EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 8 DE MAYO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 366/1985, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE ZARAGOZA, POR SUPUESTA INCOSNTITUCIONALIDAD DEL ARTICULO 13.1 Y DISPOSICION TRANSITORIA 2. DE LA LEY 24/1983, DE 21 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE SANEAMIENTO Y REGULACION DE LAS HACIENDAS LOCALES, POR CONTRADICCION CON LOS ARTICULOS 9.3 Y 31 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 8 DE MAYO DE 1985.- EL SECRETARIO DE JUSTICIA.- FIRMADO Y RUBRICADO.
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