EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 27 DE FEBRERO CORRIENTE, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 60/1985, PLANTEADO POR LA JUNTA DE GALICIA, EN RELACION CON LOS ARTICULO 1,2,4 Y 5, ASI COMO LA DISPOSICION ADICIONAL DEL REAL DECRETO 1733/1984, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECEDN MEDIDAS PARA EL FOMENTO DEL CULTIVO DEL MAIZ, DEL QUE SE PIDE TAMBIEN SE DECLARE SU INCONSTITUCIONALIDAD POR INSUFICIENCIA DE RANGO.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 27 DE FEBRERO DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA.
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