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Documento BOE-A-1985-3824

Resolución de 18 de febrero de 1985, de la Dirección General de Enseñanzas Medias, por la que se dictan instrucciones para la aplicación de las convalidaciones establecidas en la Orden ministerial de 29 de junio de 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 59, de 9 de marzo de 1985, páginas 6085 a 6085 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1985-3824
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1985/02/18/(2)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN MINISTERIAL DE 29 DE JUNIO DE 1984 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 7 DE JULIO) ACORDO DETERMINADAS CONVALIDACIONES PARA AQUELLOS ALUMNOS QUE HAYAN SUPERADO TODAS LAS MATERIAS DE UNA ESPECIALIDAD DE FORMACION PROFESIONAL DE SEGUNDO GRADO Y SOLICITEN MATRICULARSE EN ENSEÑANZAS DE OTRA ESPECIALIDAD DE LA MISMA O DIFERENTE RAMA.

EL FUNDAMENTO DE DICHA CONVALIDACION, TAL COMO SE EXPRESA EN EL PREAMBULO DE DICHA ORDEN, CONSISTE EN LA SIMILITUD DE LAS MATERIAS, POR LO QUE LOGICAMENTE DEBERIAN QUEDAR EXCLUIDOS DEL AMBITO DE APLICACION DE LA CITADA DISPOSICION LOS SUPUESTOS EN LOS QUE NO SE PRODUJERA ESTA SIMILITUD.

AUN CUANDO LO EXPUESTO ANTERIORMENTE ES UNA CONSECUENCIA CLARA DE LA FILOSOFIA DE LA CITADA ORDEN MINISTERIAL, SU INTERPRETACION HA SUSCITADO DUDAS QUE CONSEJAN A ESTA DIRECCION GENERAL DICTAR LA PRESENTE RESOLUCION ACLARATORIA.

POR TODO ELLO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL PUNTO 5. DE LA CITADA ORDEN MINISTERIAL,

ESTA DIRECCION GENERAL HA DISPUESTO:

PRIMERO.-CUMPLIENDOSE EL CITADO PRINCIPIO DE SIMILITUD ENTRE LAS MATERIAS, LAS AREAS "FORMATIVA COMUN" Y "FORMACION BASICA" PODRAN CONVALIDARSE EN SU TOTALIDAD.

SEGUNDO.-EN LAS AREAS DE "ORGANIZACION DE LA EMPRESA", POR EL REGIMEN GENERAL, Y"AMPLIACION DE CONOCIMIENTOS", POR EL REGIMEN DE ENSEÑANZAS ESPECIALIZADAS, SE CONVALIDARAN LAS MATERIAS "ORGANIZACION EMPRESARIAL" Y "SEGURIDAD E HIGIENE", MENCIONADAS EXPRESAMENTE EN LA ORDEN MINISTERIAL DE 29 DE JUNIO DE 1984, PERO LIMITADAS EXCLUSIVAMENTE AL CURSO O CURSOS CUYOS CUESTIONARIOS SEAN SIMILARES.

TERCERO.-POR NO REUNIR LAS CONDICIONES DE SIMILITUD DE LAS MATERIAS EN QUE SE BASAN ESTAS CONVALIDACIONES DEBEN EXCLUIRSE AQUELLAS QUE, AUN FORMANDO PARTE DE LA MISMA AREA, TIENEN CUESTIONARIOS ESPECIFICOS DE UNA DETERMINADA ESPECIALIDAD EN UNO O MAS CURSOS.

MADRID, 18 DE FEBRERO DE 1985.-EL DIRECTOR GENERAL, JOSE SEGOVIA PEREZ.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/02/1985
  • Fecha de publicación: 09/03/1985
Referencias anteriores
Materias
  • Enseñanza de Formación Profesional

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