EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 4 DE DICIEMBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA NUMERO 1.062/1985, PLANTEADO POR EL CONSEJO EJECUTIVO DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA, EN RELACION CON LOS ARTICULOS 2.2;3, TRES; 6, DOS, 3; 6, TRES, 2; 8.1.2 Y 3; 12; 13; 16, SEIS, SIETE, OCHO Y NUEVE; DISPOSICIONES ADICIONALES PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA, Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA DEL REAL DECRETO 1279/1985, DE 24 DE JULIO, POR EL QUE SE REGULA EL CENTRO DE GESTION Y COOPERACION TRIBUTARIA.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 4 DE DICIEMBRE DE 1985.-EL SECRETARIO DE JUSTICIA.-FIRMADO Y RUBRICADO.
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