Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1950/1985, de 11 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 256, de 25 de octubre de 1985, página 33685, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
En el artículo 2.°, donde dice: «Los Servicios de alta inspección de Eduación...», debe decir «Los Servicios de alta inspección de Educación...».
En el artículo 2.°, donde dice: «... las funciones previstas en el Real Decreto 490/1981...», debe decir: «..: las funciones previstas en el Real Decreto 480/1981...».
En el articulo 9.°, segundo párrafo, donde dice: «... en la totalidad de su destino...», debe decir. «... en la localidad de su destino...».
En el artículo 10, donde dice: «... el Ministerio de Educación y Ciencia...», debe decir «....El Ministro de Educación y Ciencia...».
En el artículo 11, donde dice: «... incompatible con cualquier actividad ...», debe decir: «... incompatible con cualquier otra actividad...».
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