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Documento BOE-A-1985-22828

Recurso de inconstitucionalidad número 873/1985, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley 15/1985, de 1 de julio, del Parlamento de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 1985, páginas 34838 a 34838 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1985-22828

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 16 DE OCTUBRE ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 873/1985, PROMOVIDO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO CONTRA LOS ARTICULOS 1.1 Y 3; 5; 6; 7; 9.1; 10; 11.1 Y 2; 14.1, D); 16.2, E), Y 3; 17; 19, B); 21.2; 22, F); 23, C); 28.1.3 Y 4; 31.1; 33.1 Y 6; 36.1; 38.2 Y 3; 49; 56; 57; 58.1, D); 60; 61, Y DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1., 2., 3., 4. Y 5., ASI COMO LOS DEMAS ARTICULOS CONEXOS CON LOS ANTERIORES, DE LA LEY 15/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PARLAMENTO DE CATALUÑA, DE CAJAS DE AHORRO DE CATALUÑA. Y SE HACE SABER QUE EN EL MENCIONADO RECURSO SE HA INVOCADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, LO QUE PRODUCE LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DE LOS REFERIDOS PRECEPTOS IMPUGANADOS DESDE EL DIA 3 DE OCTUBRE ACTUAL, FECHA DE LA INTERPOSICION DEL RECURSO.

LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONCOCIMIENTO.

MADRID, 16 DE OCTUBRE DE 1985.-EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MANUEL GARCIA PELAYO Y ALONSO.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 16/10/1985
  • Fecha de publicación: 05/11/1985
  • Suspende, desde el 3 de octubre de 1985, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad de los arts. 5.2, 14.1.d) 16.3, 38.2, 58.1.d) y con el alcance de los fj 18, 25, y 27, 28.4, 57.párrafo 1, y disposiciones transitorias 1 y 5; y la constitucionalidad interpretados conforme a los fj 10 a 12 y 16, de los arts. 7.1 y 3, 10.1 y 60.1, por Sentencia 48/1988, de 22 de marzo (Ref. BOE-T-1988-8961).
  • SE DECLARA el mantenimiento de la suspensión de vigencia de los preceptos impugnados, por Auto de 10 de abril de 1986 (Ref. BOE-A-1986-9601).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con de terminados preceptos de la Ley 15/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-16449).
Materias
  • Cajas de Ahorro
  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Tribunal Constitucional

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