Está Vd. en

Documento BOE-A-1985-2221

Orden de 24 de enero de 1985 por la que se aprueba la Lista Positiva de Aditivos para uso en la elaboración de salazones cárnicas curadas o no.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 1985, páginas 2862 a 2862 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1985-2221
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/01/24/(11)

TEXTO ORIGINAL

AL MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO CORRESPONDE LA AUTORIZACION Y PUBLICACION DE LAS LISTAS POSITIVAS DE ADITIVOS, EN LAS QUE SE INCLUYEN LOS QUE PUEDEN UTILIZARSE EN CADA GRUPO DE ALIMENTOS O PRODUCTOS PARA CONSUMO HUMANO.

LA DIRECCION GENERAL DE SALUD PUBLICA HA ELABORADO Y PROPUESTO LA LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA USO EN LA ELABORACION DE SALAZONES CARNICAS CURADAS O NO QUE, PREVIO INFORME DE LA COMISION INTERMINISTERIAL PARA LA ORDENACION ALIMENTARIA, HA MERECIDO LA APROBACION DE LA SUBSECRETARIA DE SANIDAD Y CONSUMO, TAL COMO DISPONE EL ARTICULO 2., 1, DEL REAL DECRETO 3177/1983, DE 16 DE NOVIEMBRE.

EN SU VIRTUD, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 4., 1, D), DE LA LEY 26/1984, DE 19 DE JULIO,

ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL DE SALUD PUBLICA, HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO.- SE APRUEBA LA LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA USO EN LA ELABORACION DE SALAZONES CARNICAS CURADAS O NO, DEFINIDAS EN EL ARTICULO 4, 5, DE LA REGLAMENTACION TECNICO SANITARIA DE INDUSTRIAS, ALMACENES AL POR MAYOR Y ENVASADORES DE PRODUCTOS Y DERIVADOS CARNICOS ELABORADOS Y DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO AL POR MENOR DE LA CARNE Y PRODUCTOS ELABORADOS, APROBADA MEDIANTE REAL DECRETO 379/1984, DE 25 DE ENERO.

SEGUNDO.- LA RELACION DE ADITIVOS CONTENIDOS EN ESTA LISTA POSITIVA PUEDE SER MODIFICADA EN EL CASO DE QUE POSTERIORES CONOCIMIENTOS CIENTIFICOS O TECNICOS LO ACONSEJEN, Y SERA PERMANENTEMENTE REVISABLE POR RAZONES DE SALUD PUBLICA O INTERES SANITARIO.

TERCERO.- EL CONTENIDO DE ESTA LISTA POSITIVA NO EXCLUYE EL CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS QUE ESTABLECEN, A EFECTOS DE REGISTRO GENERAL SANITARIO DE ALIMENTOS, EL REAL DECRETO 2825/1981, DE 27 DE NOVIEMBRE, Y EL REAL DECRETO 3177/1983, DE 16 DE NOVIEMBRE.

CUARTO.- QUEDA PROHIBIDA LA UTILIZACION PARA USO EN LA ELABORACION DE SALAZONES CARNICAS CURADAS O NO DE CUALQUIER ADITIVO QUE NO FIGURE EN LA LISTA POSITIVA QUE SE INCLUYE COMO ANEXO A ESTA ORDEN.

MADRID, 24 DE ENERO DE 1985.- LLUCH MARTIN.

(ANEXO OMITIDO)

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/01/1985
  • Fecha de publicación: 04/02/1985
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA los puntos 1, 2 y 3 del anexo único, por Real Decreto 145/1997, de 31 de enero (Ref. BOE-A-1997-6156).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 59 de 9 de marzo de 1985 (Ref. BOE-A-1985-3775).
Referencias anteriores
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Carnes
  • Reglamentaciones técnico sanitarias
  • Salazones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid