EL ARTICULO 5. DEL REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO, SOBRE INDEMNIZACIONES POR RAZON DE SERVICIO, ATRIBUYE A LA SUBSECRETARIA DEL DEPARTAMENTO LA COMPETENCIA PARA LA DESIGNACION DE COMISIONES DE SERVICIO CON DERECHO A INDEMNIZACION. RAZONES DE EFICACIA EN SU GESTION ADMINISTRATIVA REQUIEREN QUE ESTA SUBSECRETARIA DELEGUE DICHAS ATRIBUCIONES EN LOS DIRECTORES GENERALES DE LAGUARDIA CIVIL Y DE LA POLICIA, EN LOS TERMINOS EN QUE VENIA ESTABLECIDA ESTA DELEGACION EN LA ORDEN DE 16 DE DICIEMBRE DE 1982, QUE HA RESULTADO MODIFICADA POR LO DISPUESTO EN EL CITADO REAL DECRETO 1344/1984, DE 4 DE JULIO.
EN CONSECUENCIA, PREVIA APROBACION DEL EXCELENTISIMO SEÑOR MINISTRO DEL DEPARTAMENTO Y DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 22.4 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, ESTA SUBSECRETARIA HA RESUELTOLO SIGUIENTE:
PRIMERO.- SE DELEGA EN LOS DIRECTORES GENERALES DE LA GUARDIA CIVIL Y DE LA POLICIA LA FACULTAD DE DESIGNAR COMISIONES DE SERVICIO CON DERECHO A INDEMNIZACIONES, RESPECTO A LOS CUERPOS, ESCALAS Y PERSONAL DE TODAS CLASES ADSCRITOS AL CENTRO DIRECTIVO RESPECTIVO, HASTA EL LIMITE DE LOS RESPECTIVOS CREDITOS.
SEGUNDO.- SIEMPRE QUE SE HAGA USO DE LA DELEGACION CONTENIDA EN ESTA RESOLUCION DEBERA HACERSE CONSTAR EXPRESAMENTE.
TERCERO.- LA DELEGACION DE ATRIBUCIONES QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE RESOLUCION NO SERA OBSTACULO PARA QUE ESTA SUBSECRETARIA PUEDA AVOCAR PARA SI EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE LOS EXPEDIENTES QUE CONSIDERE OPORTUNOS.
MADRID, 1 DE OCTUBRE DE 1985.- EL SUBSECRETARIO, RAFAEL VERA FERNANDE-HUIDOBRO.
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