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Documento BOE-A-1985-21394

Corrección de errores de la Orden de 3 de julio de 1985 sobre normas reguladoras del comercio exterior para derivados de frutos cítricos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 249, de 17 de octubre de 1985, páginas 32727 a 32727 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1985-21394
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/07/03/(7)/corrigendum/19851017

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 173, de fecha 20 de julio de 1985, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 23103, 2.° párrafo, donde dice: «table pero no fermentado; con sabor, color y aroma típico del fruto de que proceda»;

debe decir: «Los zumos naturales solo podrán conservarse por tratamientos fisicos autorizados».

En el apartado A.1.2, a), 2.° párrafo, 2.ª línea, donde dice:«dilusión»;

debe decir: «dilución».

En el apartado A.l.3, a), 2.° párrafo, última línea, donde dice:«o fructosa»,

debe decir: «y fructosa».

En el apartado A.1.4, a), primer párrafo, 2.ª línea, donde dice:«azúcar»,

debe decir: «azúcares».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 17/10/1985
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 24 de febrero de 1995 (Ref. BOE-A-1995-5850).
  • Fecha de derogación: 08/03/1995
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 3 de julio de 1985 (Ref. BOE-A-1985-15036).
Materias
  • Aceites
  • Agrios
  • Exportaciones

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