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Documento BOE-A-1985-19339

Orden de 3 de septiembre de 1985 por la que se modifica el apartado 2, artículo 4.º, de la Orden ministerial de 4 de febrero de 1985 por la que se regula el sistema de provisión de plazas vacantes de Facultativos Especialistas en los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 11 de septiembre de 1985, páginas 28706 a 28706 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1985-19339
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1985/09/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

ESTIMADOS PARCIALMENTE LOS RECURSOS DE REPOSICION INTERPUESTOS CONTRA LA ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 1985 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" NUMERO 32, DEL 6) POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE PROVISION DE PLAZAS VACANTES DE FACULTATIVOS ESPECIALISTAS EN LOS SERVICIOS JERARQUIZADOS DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, POR EL COLEGIO OFICIAL DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE BARCELONA Y EL COLEGIO OFICIAL DE BIOLOGOS, ES PRECISO, CONFORME PREVE EL ARTICULO 120 DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, MODIFICAR LA DISPOSICIONEN LOS TERMINOS QUE, EN LAS RESOLUCIONES DE AQUELLOS RECURSOS, SE RECOGEN. ES POR ELLO POR LO QUE PROCEDE DAR UNA NUEVA REDACCION AL APARTADO 2 DEL ARTICULO 4. DE LA CITADA ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 1985.

EN CONSECUENCIA, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO UNICO.-EL APARTADO 2 DEL ARTICULO 4. DE LA ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 1985, POR LA QUE SE REGULA EL SISTEMA DE PROVISION DE PLAZAS VACANTES DE FACULTATIVOS ESPECIALISTAS EN LOS SERVICIOS JERARQUIZADOS DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL, QUEDA REDACTADO EN LOS SIGUIENTES TERMINOS:

"2. PARA PODER PARTICIPAR EN EL TURNO RESTRINGIDO DE TRASLADO SERA, ADEMAS, REQUISITO INDISPENSABLE:

A) TENER PLAZA EN PROPIEDAD EN LOS SERVICIOS JERARQUIZADOS DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

B) ACREDITAR MEDIANTE DOCUMENTO EXPEDIDO POR LA DIRECCION PROVINCIAL U ORGANO CORRESPONDIENTE DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DONDE PRESTE SUS SERVICIOS EL INTERESADO ENCONTRARSE EJERCIENDO LA ESPECIALIDAD DE QUE SE TRATE, INDEPENDIENTEMENTE DE LA DENOMINACION DE LA PLAZA QUE TENGA EN PROPIEDAD."

MADRID, 3 DE SEPTIEMBRE DE 1985.-LLUCH MARTIN.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/09/1985
  • Fecha de publicación: 11/09/1985
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2 del art. 4 de la Orden de 4 de febrero de 1985 (Ref. BOE-A-1985-2337).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Oposiciones y concursos
  • Personal Sanitario de la Seguridad Social
  • Seguridad Social

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