DE COFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 9 Y 20 DEL REAL DECRETO 2695/1977, DE 28 DE OCTUBRE, PREVIO INFORME DE LA JUNTA SUPERIOR DE PRECIOS Y ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS,
ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO.- EL ANEXO 1.A.3 DE LA ORDEN DE 17 DE JUNIO DE 1983 QUEDA REDACTADO DE ASIGUIENTE FORMA: "3.-ACEITE DE SOJA".
SEGUNDO.- AL ANEXO 2 DE LA MENCIONADA ORDEN SE AÑADE UN EPIGRAFE 7 CON LA REDACCION SIGUIENTE: "7.-ACEITE DE GIRASOL Y MEZCLAS DE ACEITES DE SEMILLAS".
TERCERO.- LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 28 DE AGOSTO DE 1985.-SOLCHAGA CATALAN.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
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