EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 29 DE JULIO ACTUAL, HA ADMITIDO ATRAMITE LA CUESTION DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 685/1985, PROMOVIDA POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA TERRITORIAL DE PAMPLONA POR SUPUESTA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION ADICIONAL 6., 3 DE LA LEY 5/1983, DE 29 DE JUNIO, SOBRE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA PRESUPUESTARIA, FINANCIERA Y TRIBUTARIA, POR CONTRADICCION DE LOS ARTICULOS 134.7, 9.3 Y 14, EN RELACION CON EL 33.3 DE LA CONSTITUCION.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 29 DE JULIO DE 1985.- EL SECRETARIO DE JUSTICIA (FIRMADO Y RUBRICADO).
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