LAS MODIFICACIONES EXPERIMENTADAS EN EL COMERCIO EXTERIOR DE ACEITES ESENCIALES Y ESENCIAS DE FRUTOS CITRICOS ACONSEJAN CONTAR CON UNA NUEVA NORMATIVA QUE ACTUALICE Y PERFECCIONE LA ANTERIOR.
EN CONSECUENCIA, OIDO EL SECTOR INTERESADO.
ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DICTAR LA SIGUIENTE NORMA REGULADORA DE COMERCIO EXTERIOR.
I. NORMA TECNICA
1. OBJETO.-LA PRESENTE NORMA ESTABLECE LAS CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS ACEITES ESENCIALES Y ESENCIAS OBTENIDAS DE LAS CAVIDADES DEL EPICARPIO DE LOS FRUTOS CITRICOS POR PROCEDIMIENTOS FISICOS.
2. DEFINICIONES.-A EFECTOS DE LA PRESENTE NORMA SE ENTIENDE POR:
2.1. ACEITES ESENCIALES NATURALES.-SON LOS OBTENIDOS DIRECTAMENTE DEL EPICARPIO (FLAVEDO) Y CONSTITUIDOS POR UNA MEZCLA DE TERPENOS (EN LOS QUE PRDOMINA EL LIMONERO), COMPUESTOS OXIGENADOS (ALDEHIDOS, CETONAS, ESTERES Y ALCOHOLES), QUE SON LOS COMPONENETES PRINCIPALES DE LA FRACCION OLOROSA, CERAS Y COLORANTES.
2.2. ACEITES ESENCIALES CONCENTRADOS.-SON LOS ACEITES ESENCIALES NATURALES A LOS QUE POR DESTILACION FRACCIONADA A PRESION REDUCIDA SE LES HA ENRIQUECIDO EN SUS COMPONENTES AROMATICOS, CON ELIMINACION TOTAL O PARCIAL DE LOS TERPENOS; SU OLOR ES NORMALMENTE SUPERIOR.
SUS CARACTERISTICAS FISICAS Y ORGANOLEPTICAS VARIAN CON EL GRADO DE CONCENTRACION, QUE OSCILARA ENTRE 2 Y 10, SINENDO LOS GRADOS 2, 5 Y 10 LOS MAS COMUNES QUE SE TOMARAN COMO REFERENCIA PARA OTROS GRADOS INTERMEDIOS.
2.3. ACEITES ESENCIALES CONCENTRADOS DESTERPENADOS Y DESEXQUITERPENADOS SOLUBLES EN ALCOHOL.-SON LOS QUE SE OBTIENEN COMBINANDO LA CONCENTRACION Y LA EXTRACCION MEDIANTE ALCOHOL DE DIVERSA GRADUACION, A FIN DE AUMENTAR SU SOLUBILIDAD AL ELIMINAR TOTAL O PARCIALMENTE LOS TERPENOS Y SEXQUITERPENOS, ASI COMO LOS QUE SE OBTIENEN POR ABSORCION EN GEL DE SILICE.
2.4. ESENCIAS RESINOIDES.-SON LOS PRODUCTOS OBTENIDOS POR EXTRACCION CON DISOLVENTES DEL PRENSADO DEL SERRIN HASTA AGOTARLO Y POSTERIOR ELIMINACION DE DICHOS DISOLVENTES.
2.5. ESENCIAS SOLUBLES.-SON LAS SOCUCIONES ALCOHOLICAS LIMPIAS Y TRANSPARANTES DE LAS ESENCIAS NATURALES.
2.6. TERPENOS.-SON LOS COMPONENTES DEL ACEITE ESENCIAL (PRINCIPALMENTE LIMONERO) QUE SE OBTIENEN COMO SUBPRODUCTOS AL CONCENTRAR LOS ACEITES ESENCIALES POR MEDIOS FISICOS, EN CALIENTE O EN FRIO.
3. PROCEDIMIENTO DE PRESION O RASPADO.-CONSISTE EN RASPAR LA CORTEZA Y SOMETER A FUERTE PRESION EL SERRIN ASI OBTENIDO.
3.2. PROCEDIMIENTO DE ARRASTRE CON AGUA Y CENTRIFUGACION.-CONSISTE EN EFECTUAR UNA PRESION Y RAYADO SOBRE EL EPICARPIO Y ARRASTRAR EL ACEITE POR LLUVIA DE AGUA. POR CENTRIFUGACION DE LA EMULSION OBTENIDA SE ENRIQUECE Y SE SEPARA EL ACEITE ESENCIAL.
3.3. PROCEDIMIENTO DE AGUJA O PUNCION.-CONSISTE EN LA ROTURA DE LAS VESICULAS DEL EPICARPIO POR PUNCION SOBRE SUPERFICIE VIBRANTE Y RECOGIDA DIRECTA DEL ACEITE POR ARRASTRE DE AGUA. POR CENTRIFUGACION DE LA EMULSION SE ENRIQUECE Y SE SEPARA EL ACEITE ESENCIAL.
3.4. PROCEDIMIENTO DE DESTILACION.-CONSISTE EN DESTILAR AL VACIO O EN CORRIENTE DE VAPOR LOS PRODUCTOS PRIMARIOS O RESIDUOS DE LOS PROCESOS ANTERIORES. EL ACEITE OBTENIDO ES INCOLORO, MIENTRAS QUE EN LOS OTROS PROCESOS SE OBTIENEN ACEITES COLOREADOS MAS O MENOS INTENSAMENTE.
4. CARACTERISTICAS DE CALIDAD.-LOS ACEITES ESENCIALES Y ESENCIAS DEBERAN AJUSTARSE A LOS PARAMETROS QUE FIGURAN EN LOS CUADROS I, II, III, IV Y V.
DICHOS PARAMETROS DEBERAN CONTEMPLARSE EN SU CONJUNTO, SIN TENER EN CUENTA LAS POSIBLES DESVIACIONES, NO SIGNIFICATIVAS, DE ALGUNO DE ELLOS.
PARA SU DETERMINACION SE UTILIZARAN LOS METODOS ANALITICOS QUE FIGURAN EN EL ANEJO I.
5. ENVASADO.-EL ENVASADO SE REALIZARA EN RECIPIENTES QUE MANTENGAN LAS CARACTERISTICAS PROPIAS DE LOS ACEITES ESENCIALES Y ESENCIAS, EVITANDO LA ACCION SOLAR, EL CALOR, OXIDACIONES Y POSIBLES CONTAMINACIONES CON OTROS PRODUCTOS. POSEERAN PARA ELLO UN CIERRE HERMETICO ADECUADO.
6. MARCADO.-CADA ENVASE DEBERA LLEVAR EN CARACTERES SUFICIENTEMENTE CLAROS, LEGIBLES E INDELEBLES LAS SIGUIENTES INDICACIONES, CONSTANDO TODAS ELLAS EN IDIOMA ESPAO EN EL DEL PAIS DE DESTINO; PUDIENDO ADEMAS, EMPLEARSE CUALQUIER OTRO U OTROS:
A. IDENTIFICACION DE LA EMPRESA:
NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL FABRICANTE O ENVASADOR Y/O IMPORTADOR Y, EN TODO CASO, SU DOMICILIO.
B. DENOMINACION DEL PRODUCTO:
"ACEITE ESENCIAL DE ..." (INDICAR EL FRUTO DEL QUE PROCEDA).
PROCEDIMIENTO DE EXTRACCION O TIPO DE ESENCIA.
GRADO DECONCENTRACION, EN SU CASO.
C. PESO NETO.
D. PAIS DE ORIGEN.
E. ATIOXIDANTE, EN SU CASO.
II. TRANSPORTE
LOS CENTROS DE INSPECCION DEL COMERCIO EXTERIOR (SOIVRE) FACILITARAN LAS INSTRUCCIONES NECESARIAS PARA LAS OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA, ESTIBA Y DESESTIBA, CON EL FIN DE GARANTIZAR LAS CONDICIONES DE LA MERCANCIA DURANTE EL TRANSPORTE, Y SE HARA DE ACUERDO A LO DISPUESTO EN LA ORDEN DE 10 DE ABRIL DE 1981 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 9 DE MAYO).
III. INSPECCION
CORRESPONDE A LOS CENTROS DE INSPECCION DEL COMERCIO EXTERIOR (SOIVRE) LA EXIGENCIA DEL CUMPLIMIENTO DE ESTAS NORMAS, ADECUANDOSE A LAS DICTADAS EN LAS ORDENES DE 1 DE NOVIEMBRE DE 1979 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL 13) Y DE 1 DE JULIO DE 1983 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DEL 21).
IV. NORMAS ADMINISTRATIVAS
LA ADUANA NO AUTORIZARA LAEXPORTACION O IMPORTACION DE ESTOS PRODUCTOS, SI PREVIAMENTE NO SE PRESENTA EL CERTIFICADO DECALIDAD EXPEDIDO POR EL SOIVRE.
V. NORMAS COMPLEMENTARIAS
QUEDAN FACULTADAS LA DIRECCION GENERAL DE EXPORTACION Y LA DE POLITICA ARANCELARIA E IMPORTACION, EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS, PARA DICTAR LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRECISAS PARA LA APLICACION DE LA PRESENTE ORDEN O, EN SU CASO, PARA ESTABLECER LAS MODIFICACIONES QUE LAS CIRCUNSTANCIAS ACONSEJEN.
VI. DISPOSICION DEROGATORIA
QUEDA DEROGADA LA ORDEN DE 31 DE JULIO DE 1962 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 8 DE AGOSTO) POR LA QUE SE DICTAN NORMAS REGULANDO LA EXPORTACION DE LOS DERIVADOS DE AGRIOS.
VII. DISPOSICION FINAL
LA NORMA APROBADA POR LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1986, PARA LAS ELABORACIONES FABRICADAS A PARTIR DE DICHA FECHA.
MADRID, 3 DE JULIO DE 1985.-BOYER SALVADOR.
(CUADROS OMITIDO)
ANEJO I
METODOS DE ANALISIS PARA ACEITES ESENCIALES Y ESENCIAS
PESO NETO: SEGUN REAL DECRETO 2506/1983 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 20 DE SEPTIEMBRE), ARTICULOS 4. Y 5.
DENSIDAD: SEGUN METODO 19.078 DE LA AOAC (METODO PICNOMETRICO).
INDICE DE REFRACCION: SEGUN METODO 19.079 DE LA AOAC.
ROTACION OPTICA: SEGUN METODO 19.080 DE AOAC.
RESIDUO TIPO: SEGUN METODO GUENTHER 1947.
SOLUBILIDAD EN ALCOHOL: SEGUN METODO ISO 875-1981.
ALDEHIDOS: SEGUN EL METODO DE KIRSTEN, AOAC 19.088-10.089 PARA CITRAL EN ACEITES DE LIMON. SEGUN METODO H. B. S. DE DOUGHERTY Y PETRUS, REFERENCIA THE CITRUS INDUSTRY 9 (1971), PARA ALDEHIDO DECILICO EN EL RESTO DE ACEITES ESENCIALES.
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