Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado número 134, de fecha 5 de junio de 1985, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 16990, articulo 2º, 2 (2º párrafo), donde dice.:
«Una vez realizada la comisión de servicios, y dentro del plazo de diez dias, el interesado habrá de presentar ante la Pagaduría o Habilitación de cuenta justificativa, que se compondrá de los siguientes documentos:»; debe decir: «Una vez realizada la comisión de servicios, y dentro del plazo de diez días, el interesado habrá de presentar ante la Pagaduría o Habilitación la cuenta justificativa, que se compondrá de los siguientes documentos:».
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