EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, POR PROVIDENCIA DE 22 DE MAYO ACTUAL, HA ADMITIDO A TRAMITE EL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD NUMERO 405/1985, PROMOVIDO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, CONTRA LA DISPOSICION ADICIONAL TERCERA DE LA LEY DE LA ASAMBLEA DE MADRID 1/1985, DE 23 DE ENERO, DEL PARQUE REGIONAL DE LA CUENCA ALTA DEL MANZANARES. Y SE HACE SABER QUE EN EL MENCIONADO RECURSO SE HA INVOCADO POR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, EL ARTICULO 161.2 DE LA CONSTITUCION, QUE PRODUCE -DESDE EL DIA 8 DE MAYO ACTUAL, FECHA DE LA FORMALIZACION DEL RECURSO- LA SUSPENSION DE LA VIGENCIA Y APLICACION DEL PRECEPTO IMPUGNADO DE LA LEY ANTES REFERIDA.
LO QUE SE PUBLICA PARA GENERAL CONOCIMIENTO.
MADRID, 22 DE MAYO DE 1985.-EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, MANUEL GARCIA-PELAYO Y ALONSO.
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