Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado..» número 49, de fecha 27 de febrero de 1984, páginas 5273 a 5280, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el preámbulo, pérraro primero, líneas 8 y 9, donde dice:
«...como en la tecnología...» debe decir «... como en la tecnologica...»
En el preámbulo, párrafo segundo, línea 4, donde dice:
«.... adolece de adecuación ...», debe decir: «.... adolece de inadecuación»
En el artículo 6°, punto 6.1.13, línea 4.ª, donde dice: «.... constarán al menos de lavado ....» debe decir: « ... constarán al menos de lavabo ....»
En el articulo 7º, donde se índíca. «7.4.1..»., debe decir: «7.1.4.».
En el artículo 9º, punto 9.1, linea 3ª, donde dice: «.. siempre las condiciones ...» debe decir: «... siempre que las condiciones...»
En el artículo 20, línea 3ª, donde dice: «.. contracto entre ellos». debe decir: «... contacto entre ellos»:
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