EL REAL DECRETO 1268/1983, DE 11 DE MAYO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA, ENUMERA LOS ORGANOS SUPERIORES DE ESTE ORGANISMO, ASI COMO LAS FUNCIONES QUE A CADA UNO DE ELLOS CORRESPONDE
PARA EL EFICAZ EJERCICIO DE LOS MISMOS, RESULTA NECESARIO DESARROLLAR LA ESTRUCTURA DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEPENDIENTES DE CADA UNO DE LOS ORGANOS SUPERIORES
EN SU VIRTUD, Y EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA DEL REAL DECRETO 1268/1983, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO.-EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA SE ESTRUCTURA EN LAS SIGUIENTES UNIDADES CON NIVEL ORGANICO DE SUBDIRECCION GENERAL:
- SECRETARIA GENERAL
- ESCUELA DE LA FUNCION PUBLICA SUPERIOR
- CENTRO DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION
- ESCUELA DE FORMACION ADMINISTRATIVA
- CENTRO DE COOPERACION ADMINISTRATIVA
1. DEPENDERAN DE LA SECRETARIA GENERAL LAS UNIDADES SIGUIENTES:
1.1 SERVICIO DE PERSONAL Y REGIMEN INTERIOR
1.1.1 SECCION DE PERSONAL , CON DOS NEGOCIADOS DE:
- PERSONAL FUNCIONARIO
- PERSONAL LABORAL
1.1.2 SECCION DE REGIMEN INTERIOR, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- OBRAS Y CONSERVACION
- IMPRENTA Y MATERIAL
1.1.3 SECCION DE INFORMACION Y ASUNTOS GENERALES, CON TRES NEGOCIADOS DE:
- INFORMACION GENERAL
- REGISTRO GENERAL
- ASUNTOS GENERALES Y COORDINACION
1.1.4 SECCION DE PUBLICACIONES, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- GESTION DE EDICIONES
- DISTRIBUCION DE EDICIONES
1.2 SERVICIO DE ADMINISTRACION
1.2.1 SECCION DE GESTION FINANCIERA Y ADMINISTRACION GENERAL, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- HABILITACION Y CAJA
- GESTION ECONOMICA
DEPENDERA DIRECTAMENTE DEL SECRETARIO GENERAL EL MUSEO HISTORICO DE LA ADMINISTRACION
2. DEPENDERAN DE LA ESCUELA DE LA FUNCION PUBLICA SUPERIOR, LAS UNIDADES SIGUIENTES:
2.1 SERVICIO DE ORGANIZACION Y PROGAMACION
2.1.1 SECCION DE COORDINACION, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- CURSOS
- GESTION ADMINISTRATIVA
3. DEL CENTRO DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION , DEPENDERAN LAS UNIDADES SIGUIENTES:
3.1 SERVICIO DE ESTUDIOS
3.2 SERVICIO DE BIBLIOTECA
3.2.1 SECCION DE BIBLIOTECA, CON TRES NEGOCIADOS DE:
- LIBROS
- TEVISTAS
- SECRETARIA ADMINISTRATIVA
3.2.2 SECCION DE DOCUMENTACION, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- ANALISIS DOCUMENTAL
- COORDINACION ADMINISTRATIVA Y TECNICA
DEPENDERA DIRECTAMENTE DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION
3.2.3 SECCION DE INFORMATICA, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- EXPLOTACION
- ANALISIS Y PROGRAMACION
4. DEPENDERAN DE LA ESCUELA DE FORMACION ADMINISTRATIVA, LAS UNIDADES SIGUIENTES:
4.1 SERVICIO DE ORGANIZACION Y PROGRAMACION
4.1.1 SECCION DE COORDINACION, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- CURSOS
- GESTION ADMINISTRATIVA
5. DEPENDERAN DEL CENTRO DE COOPERACION ADMINISTRATIVA, LAS UNIDADES SIGUIENTES:
5.1 SERVICIO DE ORGANIZACION Y PROGRAMACION
5.1.1 SECCION DE COORDINACION, CON DOS NEGOCIADOS DE:
- CURSOS
- GESTION ADMININSTRATIVA
6. SIN PERJUICIO DE LA DEPENDENCIA ORGANICA DE LA SECRETARIA GENERAL , DEPENDERAN FUNCIONALMENTE DE LA INTERVENCION DELEGADA DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, LAS UNIDADES SIGUIENTES:
6.1 SECCION FISCAL Y DE CONTABILIDAD , CON DOS NEGOCIADOS DE:
- FISCAL
- CONTABILIDAD
SEGUNDO.-LOS VOCALES ASESORES, CONSEJEROS TECNICOS Y DIRECTORES DE PROGRAMA QUE SE DETERMINEN EN LA PLANTILLA ORGANICA CORRESPONDIENTE, DEPENDERAN DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA, QUIEN LOS ADSCRIBIRA A LOS ORGANOS RECTORES DEL INSTITUTO O DE LAS UNIDADES ORGANICAS CON NIVEL DE SUBDIRECCION GENERAL, ATENDIENDO AL MEJOR CUMPLIMIENTO DE LOS FINES DEL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA.-1. QUEDAN SUPRIMIDAS TODAS LAS UNIDADES CON NIVEL DE SERVICIO, SECCION Y NEGOCIADO, O ASIMILADAS, DEPENDIENTES DE LAS UNIDADES ORGANICAS BASICAS CON NIVEL DE SUBDIRECCION GENERAL REGULADAS EN ESTA ORDEN, QUE NO HAYAN SIDO EXPRESAMENTE MENCIONADAS EN LA MISMA, ASI COMO LAS DEPENDIENTES DE LA SUPRIMIDA DIRECCION GENERAL DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION, QUE SE INTEGRARON EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACION PUBLICA EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN LA DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA, DEL REAL DECRETO 1268/1983, DE 11 DE MAYO
2. QUEDA SUPRIMIDO UN PUESTO SINGULAR DE DIRECTOR DE PROGRAMA
SEGUNDA.-LA PRESENTE DISPOSICION NO SUPONDRA, EN NINGUN CASO, AUMENTO DE GASTO PUBLICO
TERCERA.-QUEDAN DEROGADAS LA ORDEN MINISTERIAL DE 23 DE ENERO DE 1978 Y CUANTAS DISPOSICIONES, DE IGUAL O INFERIOR RANGO, SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN , QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO
MADRID, 5 DE MARZO DE 1984.-MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ
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