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Documento BOE-A-1984-3996

Orden de 11 de enero de 1984 por la que se prorroga la obtención del certificado de especialidad para el personal que navegue en buques-tanque para el transporte de gases licuados.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 1984, páginas 4050 a 4050 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1984-3996
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/01/11/(3)

TEXTO ORIGINAL

LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES DE 3 DE AGOSTO DE 1983 ESTABLECE EL CURSO Y CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD PARA EL PERSONAL DE LA MARINA MERCANTE QUE NAVEGUE EN BUQUES-TANQUE PARA EL TRANSPORTE DE GASES LICUADOS

LA DISPOSICION TRANSITORIA DE LA CITADA ORDEN DISPONE QUE AQUELLAS PERSONAS QUE HUBIERAN PERMANECIDO EMBARCADAS A BORDO DE BUQUES-TANQUE PARA EL TRANSPORTE DE GASES LICUADOS PODRAN SOLICITAR LA EXPEDICION DEL CERTIFICADO, ACREDITANDO ESTE EXTREMO MEDIANTE CERTIFICACION PREVIA EXPEDIDA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE , DURANTE UN PLAZO DE DOS AÑOS A CONTAR DESDE LA PUBLICACION DE LA ORDEN

EL CONVENIO SOBRE NORMAS DE AFIRMACION, TITULACION Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR 1978, DE LA ORGANIZACION MARITIMA INTERNACINAL , CUYA ENTRADA EN VIGOR ESTA PREVISTA PARA EL 28 DE ABRIL DE 1984 , EN LA REGLA V/3 AUTORIZA A LAS PARTES DEL CONVENIO A EXPEDIR CERTIFICADOS DE COMPETENCIA EN BUQUES-TANQUE PARA EL TRANSPORTE DE GASES LICUADOS AL PERSONAL QUE REUNA LOS REQUISITOS EXPRESADOS EN EL PARRAFO ANTERIOR , DENTRO DE LOS DOS AÑOS SIGUIENTES A LA ENTRADA EN VIGOR DEL CONVENIO

POR TODO ELLO, Y CON OBJETO DE FACILITAR LA OBTENCION DEL MENCIONADO CERTIFICADO AL PERSONAL ACTUALMENTE EMBARCADO.

ESTE MINISTERIO, A PROPUESTA DE LA DIRECCION GENERAL DE LA MARINA MERCANTE, HA TENIDO A BIEN DISPONER:

ARTICULO UNICO.-SE PRORROGA HASTA EL 28 DE ABRIL DE 1985 LA POSIBILIDAD DE OBTENER EL CERTIFICADO DE ESPECIALIDAD DE BUQUES-TANQUE PARA EL TRANSPORTE DE GASES LICUADOS EN LAS CONDICIONES QUE SE DETERMINAN EN LA DISPOSICION TRANSITORIA DE LA ORDEN DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES DE 3 DE AGOSTO DE 1982

MADRID , A 11 DE ENERO DE 1984.-BARON CRESPO

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/01/1984
  • Fecha de publicación: 15/02/1984
Referencias anteriores
  • PRORROGA el plazo establecido en la Orden de 3 de agosto de 1982 (Ref. BOE-A-1982-21758).
  • DE CONFORMIDAD con la Regla V/3 del Convenio de 7 de julio de 1978.
Materias
  • Contaminación de las aguas
  • Enseñanza Náutica
  • Escuelas Superiores de la Marina Civil
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Seguridad de la vida humana en el mar
  • Títulos académicos y profesionales
  • Transportes marítimos

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