Estando próxima la caducidad del régimen de beneficios del Polo de Desarrollo situado en el Principado de Asturias, y hasta tanto el cuanto no se realice la reforma de los incentivos regionales, se hace preciso prorrogarlo durante un año más,
En su virtud, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de diciembre de 1984, dispongo:
Artículo 1. El régimen de beneficios establecido por el Decreto 240/1969, de 21 de febrero, a que se refieren las sucesivas prórrogas concedidas por los Reales Decretos 2859/1930, de 30 de diciembre; 2635/1982, de 15 de octubre, y 3326/1983, de 28 de diciembre, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 1985.
Art. 2. Se prorroga de igual forma hasta el 31 de diciembre de 1985 el plazo de admisión de solicitudes para el concurso de beneficios convocado por el Real Decreto 1520/1981, de 19 de junio, con las modificaciones establecidas en el artículo 4 del Real Decreto 3361/1983, de 28 de diciembre.
Art. 3. El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 1985.
Dado en Madrid a 26 de diciembre de 1984.- JUAN CARLOS R- El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, Julián Campo Sainz de Rozas.
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