De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día 18 de los corrientes, acordó convalidar el Real Decreto-ley 13/1984, de 12 de diciembre, por el que se modifica el artículo 4. de la Ley 20/1981, de 6 de julio, de creación de la situación de reserva activa y fijación de las edades de retiro para el personal militar profesional.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
Palacio del Congreso de los Diputados a 18 de diciembre de 1984.- El Presidente, Gregorio Peces-Barba, Martínez.
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