El Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de noviembre corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 760/1984, promovido por la Junta de Galicia contra los artículos 1, párrafo inicial: <Es objeto de la presente Ley la regulación de las ayudas económicas dirigidas al fomento de la actividad de las empresas periodísticas y agencias informativas. así como el propio artículo 1, párrafo último, 2.1, a), en cuanto a.Ayudas directas, consistentes en la transferencia de fondos que, según autorización presupuestaria anual, realice la administración>, y disposición adicional Primera en su totalidad, de la Ley 29/1984, de 2 de agosto, por la que se regula la concesión de ayudas a Empresas periodísticas y Agencias informativas.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 14 de noviembre de 1984.-El Secretario de Justicia.
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