artículo 13.2)a)vi): <trienal> se reemplaza por <bienal>.
Artículo 13.7): <cada tres años> se reemplaza por <cada dos años>.
Artículo 14.6)a)ii): <trienal> se reemplaza por <bienal>.
Artículo 14.6)a): se suprime el párrafo iii).
Estas modificaciones entraron en vigor el 3 de junio de 1984.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 17 de agosto de 1984.- El Secretario general técnico, Fernando Perpiñá-Robert Peyra.
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