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Documento BOE-A-1984-1570

Decreto de 1 de diciembre de 1983 de la Presidencia del Gobierno sobre vivienda rural.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 1984, páginas 1635 a 1635 (1 pág.)
Sección:
V. Comunidades Autónomas
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Referencia:
BOE-A-1984-1570
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ib/d/1983/12/01/73

TEXTO ORIGINAL

POR DECRETO 2675/1983, DEL DIA 25 DE AGOSTO (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> NUMERO 250, DE 19 DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO), SE TRASPASAN A LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES, LAS FUNCIONES Y SERVICIOS DEL ESTADO EN MATERIA DE VIVIENDA RURAL, CUYO TRASPASO TUVO SU FORMALIZACION EL DIA 19 DE LOS CORRIENTES MEDIANTE LA FIRMA DEL ACTA CORRESPONDIENTE

EN SU CONSECUENCIA, A PROPUESTA DE ESTA PRESIDENCIA Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE GOBIERNO, EN SU REUNION DEL DIA 1 DE DICIEMBRE DE 1983, DISPONGO:

ARTICULO 1. SE ADSCRIBEN A LA CONSEJERIA DEL INTERIOR LOS SERVICIOS E INSTITUCIONES Y MEDIOS PERSONALES, MATERIALES Y PRESUPUESTARIOS PRECISOS PARA EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES TRANSFERIDAS QUE SE DETERMINAN EN EL REAL DECRETO 2675/1983 Y ANEXOS Y RELACIONES QUE EN EL MISMO SE SEÑALAN

ART. 2. LA JUNTA RECTORA DEL PATRONATO PARA LA MEJORA DE LA VIVIENDA RURAL DE BALARES, A QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 2. DEL REAL DECRETO 2683/1980, AFECTADO POR EL REAL DECRETO 2675/1983, QUEDARA INTEGRADA DE LA SIGUIENTE FORMA:

PRESIDENTE: EL CONSEJERO DEL INTERIOR

VICEPRESIDENTE: EL DIRECTOR GENERAL DE LA CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y ORDENACION DEL TERRITORIO

SECRETARIO: EL SECRETARIO GENERAL TECNICO DE LA CONSEJERIA DEL INTERIOR

VICESECRETARIO: EL DIRECTOR GENERAL DE LA CONSEJERIA DEL INTERIOR

ADMINISTRADOR: UN TECNICO O ADMINISTRATIVO DE LOS DESTINADOS AL PATRONATO PARA LA MEJORA DE LA VIVIENDA RURAL DE BALEARES, A DESIGNAR POR EL PRESIDENTE DE LA JUNTA RECTORA

ARQUITECTO: EL ARQUITECTO JEFE DE LA SECCION DE PATRIMONIO Y CONTRATACION DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LAS ISLAS BALEARES

VOCALES: EL DIRECTOR GENERAL DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA

EL SECRETARIO GENERAL TECNICO DE LA CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y ORDENACION DEL TERRITORIO

EL INGENIERO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERIA RURAL Y ESTRUCTURAS AGRARIAS DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DIVULGACION Y ASISTENCIA AGRARIA DE LA CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA

EL ALCALDE DE MANACOR

EL ALCALDE DE INCA

EL ALCALDE DE SACELLAS

EL ALCALDE DE ESTELLENCHS

EL ALCALDE DE MERCADAL

EL ALCALDE DE SAN JUAN BAUTISTA

ART. 3. SE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA JUNTA RECTORA DEL PATRONATO PARA LA MEJORA DE LA VIVIENDA RURAL PARA QUE, EN FUNCION DE SU CARGO, PROCEDA A OTORGAR LA OPORTUNA ESCRITURA PUBLICA DE MODIFICACION Y ADAPTACION DE LOS ESTATUTOS Y REGLAMENTOS DE REGIMEN INTERIOR DEL PATRONATO DE REFERENCIA, A LA SITUACION CREADA POR EL REAL DECRETO 2675/1983

PALMA DE MALLORCA, 9 DE DICIEMBRE DE 1983.-EL PRESIDENTE, GABRIEL CAÑELLAS FONS

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 01/12/1983
  • Fecha de publicación: 20/01/1984
  • Publicada en el BOIB núm. 7, de 13 de diciembre de 1983.
  • Este Decreto ha sido derogado por el Decreto 6/1988, de 11 de febrero (BOIB núm. 24, de 25 de febrero de 1988).
  • Fecha de derogación: 26/02/1988
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 2675/1983, de 25 de agosto (Ref. BOE-A-1983-27539).
  • CITA Real Decreto 2683/1980, de 21 de noviembre (Ref. BOE-A-1980-26969).
Materias
  • Baleares
  • Comunidades Autónomas
  • Patronatos para mejora de la vivienda rural
  • Viviendas

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