Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto-ley, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 155, de fecha 29 de junio de 1984, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 19032, segunda columna, en el artículo 6.º, donde dice: «… al Ministerio de Economía y Hacienda para adoptar las medidas…», debe decir: «… al Ministerio de Economía y Hacienda para habilitar el correspondiente crédito presupuestario y adoptar las medidas…».
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